Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2017 (12/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de setiembre de 2017 /

El Peruano

CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES (S/ 3 694 415,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a financiar las actividades de mantenimiento, a fin de lograr la rehabilitación de los colectores en Catacaos, Sullana, Piura y 26 de Octubre en la región Piura; en el marco del artículo 15 de la Ley N° 30518; precisándose que la transferencia financiera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 1560-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 256-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria; asimismo, propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES (S/ 3 694 415,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.), destinada al financiamiento de las actividades de mantenimiento, a fin de lograr la rehabilitación de los colectores en Catacaos, Sullana, Piura y 26 de Octubre en la región Piura, para lo cual, se ha suscrito el Convenio de Financiamiento correspondiente; precisando, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES (S/ 3 694 415,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.), destinada al financiamiento de las actividades de mantenimiento de colectores en las jurisdicciones de Catacaos, Sullana, Piura y 26 de Octubre en la región Piura; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES (S/ 3 694 415,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.), destinada al financiamiento de las actividades de mantenimiento de colectores en las jurisdicciones de Catacaos, Sullana, Piura y 26 de Octubre en la región Piura. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento

Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Información La Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1564112-2

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planificación, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoría Técnica
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 194-2017-J-OPE/INS Lima, 11 de setiembre de 2017 VISTO: La Carta s/n, de fecha 08 de setiembre de 2017, de la Médico Cirujana Catherine Leonor Hernández Sotomayor, Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planificación, Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Asesoría Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 658-2017-MINSA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 15 de agosto de 2017, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planificación, Presupuesto e

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