Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2017 (12/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Martes 12 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de profesional de INGEMMET a España y Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 367-2017-MEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 424-2017-INGEMMET/PCD, del 8 de agosto de 2017, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET; y, el Informe Nº 211-2017-MEM/OGJ, del 5 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de Vistos, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET solicita se autorice el viaje del señor Pablo Jorge Masías Álvarez, servidor público de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico del INGEMMET, a las ciudades de Madrid, Reino de España y Marsella, República Francesa, adjuntando la documentación de sustento respectiva; Que, según el sustento técnico de viaje elaborado por el INGEMMET, el viaje a las referidas ciudades tiene como objetivo realizar trabajos de investigación en los laboratorios del Grupo de Investigación en Geografía Física de Alta Montaña de la Universidad Complutense de Madrid, Reino de España (GFAM ­ UCM) y el Laboratoire National Des Nucleides Cosmegenique de la República Francesa (LN2C-CEREGE), en el marco del Convenio de Subvención Nº 144-2015-FONDECYT, suscrito entre el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica ­ FONDECYT y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, y para el cumplimiento del Plan Operativo del proyecto denominado "Análisis de las altitudes de la línea de equilibrio (ELA) presentes y pasadas, para evaluar el impacto del cambio climático y la evolución durante las próximas décadas de los glaciares de la vertiente del Pacífico de los andes de Perú", el cual tiene como propósito desarrollar modelos que expliquen el presente y pasado de los glaciares de los andes centrales occidentales y cómo serán afectados por el cambio climático durante las próximas décadas; Que, según lo indicado en el sustento técnico de viaje presentado, los trabajos de investigación consistirán en realizar la preparación previa de muestras, la preparación física y química de muestras de rocas extraídas de superficies de bloques morrénicos y lechos rocosos pulidos, el recuento de isótopos de berlio-10 y cloro-36 en un acelerador de partículas de las mencionadas muestras; y, la transformación de datos numéricos de isótopos en miles de años antes del presente; Que, el sustento técnico indica que los beneficios que se obtendrán a partir de estas investigaciones serán de gran valía para el futuro desarrollo sostenible del país, proporcionando información especial para tratar de comprender cómo afectará en las próximas décadas el cambio climático a las reservas hídricas conservadas en las montañas de los andes centrales, así como los peligros geológicos asociados; y, permitirá la capacitación del personal técnico del INGEMMET en nuevas metodologías de investigación en dataciones cosmogénicas aplicadas al cambio climático, lo cual contribuirá al desarrollo de las capacidades profesionales del equipo técnico del mencionado proyecto; y, contribuirá al diseño de políticas de adaptación que las autoridades deben implementar como consecuencia del cambio climático; Que, mediante el Informe Nº 031-2017-INGEMMET/ DGAR, del 11 de mayo de 2017, la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico del INGEMMET recomienda la autorización de viaje del señor Pablo Jorge Masías Álvarez, a las ciudades de Madrid, Reino de España y Marsella, República Francesa, adjuntando el sustento técnico de viaje correspondiente;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007EM, dicha entidad tiene entre sus objetivos la obtención, almacenamiento, registro, procesamiento, administración y difusión eficiente de la información geocientífica y aquella relacionada a la geología básica, los recursos del subsuelo, los riesgos geológicos y el geoambiente; Que, tal como lo establecen los literales 1, 2, 7 y 8 del artículo 3 del referido Reglamento, el INGEMMET tiene entre sus funciones realizar y fomentar la investigación de los recursos minerales, energéticos e hidrogeológicos del país y generar y actualizar el inventario de los mismos, promoviendo su conocimiento y desarrollo; investigar y efectuar estudios en geomorfología, glaciología y geología ambiental en el ámbito de su competencia, así como estudios de evaluación y monitoreo de los peligros geológicos en el territorio nacional, a fin de determinar sus efectos en la comunidad y el medio ambiente; participar en representación del Estado en los programas y proyectos de colaboración y cooperación internacional en temas geocientíficos; y, conformar, administrar y mantener la base de datos geocientífica del Perú, como una herramienta básica para el fomento de la inversión y del desarrollo nacional, así como proveer la información geocientífica necesaria para el cuidado del medio ambiente y el ordenamiento territorial; Que, los gastos por concepto de alojamiento, alimentación y transporte interno, así como los gastos por concepto de pasajes aéreos desde Lima, República del Perú a Madrid, Reino de España; y, desde Madrid, Reino de España a Lima, República del Perú, que origine el viaje del señor Pablo Jorge Masías Álvarez son asumidos por el INGEMMET con cargo al Pliego Presupuestal Nº 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET; Que, los gastos por concepto de transporte desde la ciudad de Madrid, Reino de España a la ciudad de Marsella, República Francesa; y, desde la ciudad de Marsella, República Francesa a la ciudad de Madrid, Reino de España, son asumidos por la ONG Guías de Espeleología y Montaña (GEM); Que, el sustento técnico de viaje precisa que de acuerdo a lo establecido en el Anexo A de las Bases del Convenio de Subvención Nº 144-2015-FONDECYT, suscrito entre el INGEMMET y el FONDECYT el 1 de diciembre de 2015, para el desarrollo del proyecto "Análisis de las altitudes de la línea de equilibrio (ELA) presentes y pasadas, para evaluar el impacto del cambio climático y la evolución durante las próximas décadas de los glaciares de la vertiente del Pacífico de los andes de Perú", el monto que corresponde asignar por concepto de manutención y viáticos mensual asciende a US$ 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 dólares americanos), correspondiendo una asignación diaria de US$ 83.33 (Ochenta y tres y 33/100 dólares americanos); no obstante, teniendo en cuenta la asignación presupuestal por concepto de viáticos del citado proyecto, el monto por dicho concepto asciende a US$. 60.29 (Sesenta y 29/100 dólares americanos) por día; Que, conforme al referido sustento técnico de viaje resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor Pablo Jorge Masías Álvarez, servidor público de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico del INGEMMET, a las ciudades de Madrid, Reino de España y Marsella, República Francesa, del 12 de setiembre al 19 de noviembre de 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Pablo Jorge Masías Álvarez, servidor público de la Dirección de

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