NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (12/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 48
48 NORMAS LEGALES Martes 12 de setiembre de 2017 / El Peruano con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo aprobarse las transferencias fi nancieras mediante resolución del titular del pliego y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el literal m) del artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, aprobado por Resolución Ministerial N° 179-2012-TR, faculta al Director Ejecutivo a aprobar y suscribir convenios o contratos y sus modi fi catorias, necesarias durante el desarrollo de las acciones del Programa, con organismos públicos o privados nacionales o extranjeros; Que, a través del numeral 8.2.4 de la Directiva N° 01-2016-MTPE-JOVENES PRODUCTIVOS/DE, “Procedimiento y Mecánica Operativa para la Suscripción de Convenios con Entidades de Capacitación Pública para los Servicios de Capacitación y Autorización de Inicio de Cursos”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 041-2016-MTPE/3/24.2/JOVENES PRODUCTIVOS/DE y modi fi catorias, se establece el procedimiento para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y autorización de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil del Programa, mediante Memorandos N°s. 2393, 2394, 2421, 2422, 2423 y 2424-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGC, en mérito a los Informes N°s. 942, 943, 964, 965, 966 y 967-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC/ ACSEC, señala que otorga viabilidad técnica a los veinticinco (25) convenios suscritos de acuerdo al siguiente detalle, seis (06) Convenios de la Convocatoria N° 004-2017-UGC, tres (03) Convenios de la Convocatoria N° 005-2017-UGC, nueve (09) Convenios de la Convocatoria N° 006-2017-UGC, tres (03) Convenios de la Convocatoria N° 007-2017-UGC, tres (03) Convenios de la Convocatoria N° 008-2017-UGC, y un (01) Convenio de Capacitación en la modalidad Dual, en las que permitirán la ejecución de los mismos, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante del presente; Que, la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, mediante Memorando N° 1640-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP, valida las certi fi caciones de crédito presupuestario emitidas por el Área de Presupuesto para la suscripción de los convenios a los que hace referencia el párrafo precedente; asimismo, emite opinión de viabilidad sobre la procedencia de las transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras en base al Informe N° 1551 -2017-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP-AP, a través del cual se informa que se otorga Certi fi caciones de Crédito Presupuestario – CPP N° 987-2017 por la suma de TREINTA Y SIETE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 37 000,00), CPP N° 985-2017 por la suma de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 138 750,00), CCP N° 986-2017 por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 342 250,00), CCP N° 1026-2017 por la suma de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 138 750,00), CCP N° 1024-2017 por la suma de NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 92 500,00), CCP N° 1025-2017 por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES (S/ 185 000,00), CCP N° 1052-2017 por la suma de VEINTISIES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 26 633,00), CCP N° 1050-2017 por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ONCE Y 72/100 SOLES (S/ 443 411,72), CCP N° 1051-2017 por la suma de CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 107 303,00), CCP N° 1105-2017 por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 50/100 SOLES (S/ 210 327,50), CCP N° 1113-2017 por la suma de CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES (S/ 113 970,00), CCP N° 1121-2017 por la suma de TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 60/100 SOLES (S/ 319 999,60), CCP N° 1120-2017 por la suma de SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 79 476,00), CCP N° 1124-2017 por la suma de TRESCIENTOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS Y 10/100 SOLES (S/ 300 272,10), CCP N° 1158-2017 por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 155 120,00), CCP N° 1161-2017 por la suma de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 194 960,00), CCP N° 1168-2017 por la suma de CUATROCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 62/100 SOLES (S/ 412 634,62), CCP N° 1167-2017 por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS DIECINIEVE Y 54/100 SOLES (S/ 440 919,54), CCP N° 1166-2017 por la suma de SESENTA MIL DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 60 017,00), CCP N° 1171-2017 por la suma de VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 23 405,00), CCP N° 1170-2017 por la suma de CIENTO TRECE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 40/100 SOLES (S/ 113 876,40), CCP N° 1174-2017 por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 39 000,00), CCP N° 1176-2017 por la suma de DOSCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 90/100 SOLES (S/ 221 837,90), CCP N° 1177-2017 por la suma de CIENTO ONCE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 111 000,00) y CCP N° 1155-2017 por la suma de UN MILLON OCHENTA Y SIETE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 1 087 000,00), correspondientes a las fuentes de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias; dichos montos fi nancian los costos de veinticinco (25) Convenios de Colaboración Interinstitucional suscritos con Entidades de Capacitación del Sector Público, ascendente a la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 38/100 SOLES (S/ 5 395 413,38); Que, mediante Informe N° 292-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las Entidades de Capacitación del Sector Público, con la fi nalidad de cubrir los costos establecidos en los Convenios de Colaboración Interinstitucional, para los procesos de capacitación técnica laboral y el servicio de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, de conformidad con lo establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, mediante O fi cio N° 410-2017-MTPE/4/9 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 223-2017-MTPE/4/9.2, de la O fi cina de Presupuesto, el cual emite opinión favorable sobre las referidas transferencias fi nancieras y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial solicitada por el mencionado Programa; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1072-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, de la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, y de las O fi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo 004-2014-TR, y la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518,