NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (13/09/2017)
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20 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de setiembre de 2017 / El Peruano Visto, el O fi cio N° 448-2017-DP/CMED de fecha 11 de setiembre de 2017 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República y el O fi cio NC-60-DVOP N° 1175 de fecha 12 de setiembre de 2017 del Director de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO:Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aeronaves de alta performance dentro de su fl ota de transporte como el Lear Jet 36A FAP 525, asignada a la Dirección de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo, la cual realiza vuelos en operaciones militares, evacuaciones aeromédicas, apoyo al desarrollo socio económico y al sistema de Defensa civil; así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno; todos en forma permanente tanto en el ámbito interno como en el ámbito externo; Que, mediante el O fi cio N° 448-2017-DP/CMED de fecha 11 de setiembre de 2017, el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, por especial encargo del Despacho Presidencial, solicita disponer las acciones necesarias para el traslado aéreo del Señor Primer Vice-Presidente de la República a la ciudad de Cochabamba – Estado Plurinacional de Bolivia, del 13 al 14 de setiembre de 2017; Que, mediante el O fi cio NC-60-DVOP N° 1175 de fecha 12 de setiembre de 2017, el Director de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú, solicita iniciar los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP 525, que trasladará al Señor Primer Vice-Presidente de la República del Perú, a la ciudad de Cochabamba – Estado Plurinacional de Bolivia, del 13 al 14 de setiembre de 2017; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP 525, que trasladará al Señor Primer Vice-Presidente de la República del Perú, a la ciudad de Cochabamba – Estado Plurinacional de Bolivia, del 13 al 14 de setiembre de 2017; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0125 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 12 de setiembre de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP 525, que trasladará al Señor Primer Vice-Presidente de la República del Perú, a la ciudad de Cochabamba – Estado Plurinacional de Bolivia, del 13 al 14 de setiembre de 2017: Tripulación Principal Comandante FAP FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA Piloto NSA: O-9657996 DNI: 10558101Mayor FAP JEAN PIERRE TOSO EDERY PilotoNSA: O-9679598 DNI: 40108513Técnico de 2da. FAP ALDO FERNANDEZ TAPIA Mecánico NSA: S-60791094 DNI: 43393452 Tripulación Alterna Mayor FAP JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA Piloto NSA: O-9664497 DNI: 10863814Técnico de 2da. FAP SILVESTRE ESTEBAN ABREGO CHAVEZ Mecánico NSA: S-13682791 DNI: 43403079 Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos US $ 370.00 X 02 días x 03 personas = US$ 2,220.00 --------------------- Total a Pagar = US$ 2,220.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1564780-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0709-2017 MGP/DGCG Mediante documento G.1000-2772, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 0709-2017 MGP/DGCG, publicada en la edición del día 3 de setiembre de 2017. - Ítem (10), párrafo quinto de la parte considerativaDICE: (10) Resolución Directoral Nº 2314-1989-DC/MGP de fecha 04 de diciembre de 1989 establece el servicio de tráfi co de naves en la Bahía del Callao y cercanía a cargo de la Capitanías de Puerto del Callao. DEBE DECIR: (10) Resolución Directoral Nº 0314-1989-DC/MGP de fecha 04 de diciembre de 1989 establece el servicio de