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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (13/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de setiembre de 2017 El Peruano / los mecanismos operativos y estratégicos, que facilitarán el comercio bilateral entre Perú y Bolivia, con el propósito de generar un gran impacto en los asuntos comerciales y económicos de nuestro país, que se re fl ejarán en los planes estratégicos y de inversiones nacionales para los próximos años; Que, el citado Informe N° 295-2017-MTC/09.01 señala que el señor Carlos Eduardo Lozada Contreras realizará una presentación y sustentará los avances del estudio del Proyecto “Corredor Ferroviario Bioceánico de Integración” en territorio peruano, indicando además, que los gastos por concepto de pasajes aéreos y los viáticos asignados al presente viaje, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula las Autorizaciones de Viaje al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Eduardo Lozada Contreras, Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, del 13 al 16 de setiembre de 2017, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias, y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Carlos Eduardo Lozada Contreras, Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 13 al 16 de setiembre de 2017, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2017 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo (Incluido TUUA) US$Viáticos por 01 día US$ 370,00 (03 días de viáticos)TOTAL US$ Carlos Eduardo Lozada Contreras 1 624,45 1 110,00 2 734,45 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Director General autorizado en el artículo 1, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe de las acciones realizadas y de los resultados obtenidos. Artículo 4.- Encargar a la señora Mirian Maribel Morales Córdova, Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio–Ambientales, las funciones de Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, a partir del 13 de setiembre de 2017, y en tanto dure la ausencia del titular.Artículo 5.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíqueseBRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1564666-1 Otorgan a la empresa Heliamerica S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Prospección y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 499-2017-MTC/12 Lima, 14 de agosto del 2017Vista la solicitud de la empresa HELIAMERICA S.A.C., sobre la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Prospección y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa; CONSIDERANDO:Que, la empresa HELIAMERICA S.A.C. cuenta con el Certi fi cado de Explotador Nº 032 Revisión 2 del 26 de junio del 2017 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP 119NE, RAP 135NE, RAP 91 y RAP 133; Que, mediante Resolución Directoral Nº 467-2013- MTC/12 del 13 de setiembre del 2013 publicada en el diario o fi cial El Peruano el 21 de setiembre del 2013, se otorgó a la empresa HELIAMERICA S.A.C. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Prospección y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa por el plazo de cuatro años contados a partir del 16 de setiembre del 2013 vigente hasta el 16 de setiembre del 2017; Que, dicha Resolución fue modi fi cada a través de la Resolución Directoral Nº 369-2014-MTC/12 del 14 de agosto del 2014 en el sentido de incrementar material aeronáutico y zonas de operación; y Resolución Directoral Nº 680-2016-MTC/12 del 25 de noviembre del 2016 en el sentido de variar la Base de operación e incrementar las zonas de operación; Que, mediante Documento de Registro Nº T-160286- 2017 del 21 de junio del 2017 la empresa HELIAMERICA S.A.C. solicitó la Renovación del Permiso de Operación antes señalado bajo las mismas condiciones establecidas; Que, según los términos del Memorando Nº 901- 2017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 108-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 116-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 393-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certi fi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del D.S. 006-2017-JUS Texto Único Ordenado de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modi fi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el D.S. 006-2017-JUS Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General;