Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2018 (06/04/2018)


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NORMAS LEGALES
Nº 01 02 03

Viernes 6 de abril de 2018 /

El Peruano

obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente". Siendo sus funciones la establecida en el artículo 6 numeral 6.2); Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la misma norma, fija que en un plazo máximo de diez (10) días contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, las entidades públicas emitirán la Resolución de Alcaldía mediante la cual se designa a los miembros del Comité de Inversiones conforme a lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley, la cual debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas dentro del plazo máximo establecido en esta Disposición; Que, por las consideraciones antes mencionadas, el titular de la entidad, por convenir a los intereses institucionales y a fin de garantizar una adecuada gestión, decide reconforma el Comité de Inversiones de la Municipalidad de San Juan Bautista, el cual fue aprobado en su momento a través de la Resolución de Alcaldía Nº 175-2016-MDSJB/AYAC, de fecha 09 de mayo del 2016, para lo cual deviene expedir el presente acto resolutivo; Estando a lo expuesto, conforme a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR, el Comité de Inversiones de la Municipalidad de San Juan Bautista, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios:
Nº 01 MIEMBROS TITULARES GERENTE MUNICIPAL PRESIDENTE PRIMER MIEMBRO SEGUNDO MIEMBRO

MIEMBROS SUPLENTES GERENTE DE ASESORIA JURÍDICA SUB GERENTE DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES SUB GERENTE DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS PRESIDENTE PRIMER MIEMBRO SEGUNDO MIEMBRO

Artículo Segundo.- El Comité de Inversiones conformado en el artículo precedente deberá cumplir las funciones establecidas en el artículo 6 numeral 6.2) del Reglamento del Decreto legislativo Nº 1224, aprobado por el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO, la Resolución de Alcaldía Nº 175-2016-MDSJB/AYAC, de fecha 09 de mayo del 2016, y todas las demás disposiciones administrativas de similar rango que se oponga o contravenga a la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, comunicar al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Artículo Quinto.- DISPONER, su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulación de la jurisdicción, así como en el portal de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautistahttp:// www.munisanjuanbautista.gob.pe/, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Sexto.- NOTIFIQUESE la presente resolución a los nominados en el primer artículo y demás órganos estructurados de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, con las formalidades prescritas por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARDONIO GUILLÉN CANCHO Alcalde 1633865-1

02 GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS. 03 GERENTE DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

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