Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2018 (06/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Viernes 6 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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de aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE de las entidades públicas, en concordancia con el artículo 128 del Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del servicio civil y de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE". Que, mediante INFORME Nº 017-2018-NCQA de fecha 26 de febrero del año 2018, la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Castillo Grande, remite a la Alcaldía el informe Técnico Sustentatorio y el Proyecto del Cuadro de Asignación del Personal Provicional del Distrito de Castillo Grande-CAP, a fin de que sea sometida a Sesión de Consejo, para que previo debate y opinión legal favorable sea aprobada provisionalmente. Que, mediante escrito de fecha 26 de febrero del año 2018, el asesor externo emite opinión favorable para la aprobación del Cuadro de Asignación del Personal Provisional del Distrito de Castillo Grande-CAP Provisional de la Municipalidad de Castillo Grande. Que, estando al informe Técnico Sustentatorio y el proyecto del Cuadro de Asignación del Personal del Distrito de Castillo Grande-CAP, sometida a Sesión de Consejo y debatida, con fecha 28 de febrero del año 2018, la misma que cuenta con la opinión legal favorable de asesoría externa, y habiendo sido elaborado conforme a los lineamientos establecido por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; que realiza modificaciones a la DIRECTIVA Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH, normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE, en concordancia con el artículo 128 del Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del servicio civil y de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", así como por cumplir con los lineamientos establecidos por el Artículo 15 Decreto Supremo Nº 0432004-PCM establece entre otros que La aprobación del CAP de las Entidades Municipales se efectuará "Por Ordenanza Municipal Gobierno Municipal", con las facultades otorgadas por el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, lo establecido por el Artículo 9 incisos 3) y 32) de la Ley Orgánica de Municipalidades, y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Distrito de Castillo Grande, el Consejo Municipal con el voto unánime de sus miembros (...............) y dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se expide la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP PROVISIONAL, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLO GRANDE Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAPP de la Municipalidad Distrital de Castillo Grande el mismo que consta de un total de 54 cargos en situación de Previstos. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma y disposición expedida por la Municipalidad Distrital de Castillo Grande que se contraponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las normas complementarias necesarias para la correcta aplicación de la disposición municipal. Artículo Cuarto.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano, otro medio de mayor circulación, página web y el portal institucional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ROBERTO CAYCHO ROMERO Alcalde 1633967-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Aprueban la actualización del Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2018-MDM Mala, 15 de marzo de 2018 VISTO: El Informe Nº 048-2017-ULEFA-SGLMMAAVGDESM-MDM e Informe Nº 002-2018-ULEFASGLMMAAV-GDESM-MDM, de la Oficina de Unidad Local de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Informe Nº 1640-2017-SGLMMACAV-GDESM-MDM e Informe Nº 0016-2018-SGLMMACAV-GDESM-MDM de la Sub Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidados de Áreas Verdes, Informe Nº 1991-2017-GDESMMDM, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales y el Informe Nº 086-2018-GAJ-MDM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, según la Ley Nº 27972 La Ley Orgánica de Municipalidades, asigna a las Municipalidades Provinciales y sus Distritos , funciones de carácter Ambiental, tales como aprobar planes y programas en materia de protección del Medio Ambiente, así como facultades en materia de saneamiento, salubridad y salud para controlar la emisión de elementos contaminantes de la atmosfera y el Ambiente; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29325 ­ Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, señala que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Ministerio del Ambiente (MINAM) el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local; Que, la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, con el objeto de garantizar las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA, se desarrollen de manera homogénea, eficaz, eficiente, armónica y coordinada, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible del país como medio para garantizar el respeto de los derechos vinculados a la protección del ambiente; Que, se según la resolución de Consejo Directivo Nº005-2017-OEFA/CD se aprueba el reglamento de supervisión para la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables aplicable por las autoridades de supervisión; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2016MDM, se aprobó el Reglamento de Supervisión Ambiental del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Región Lima, a la fecha existen nuevas normativas por lo que amerita su actualización de la citada norma; Que, mediante el Informe Nº 048-2017-ULEFASGLMMAAV-GDESM-MDM, la Oficina de Unidad Local de Evaluación y Fiscalización Ambienta formula y presenta el Proyecto de Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad de Mala, debidamente actualizada bajo lo establecido en la Resolución de Concejo Directivo Nº 0052017-OEFA/CD; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto mayoritario del pleno de Concejo Municipal, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ACTUALIZA EL REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MALA Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad

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