Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2018 (06/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 6 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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en su calidad de Órganos de Gobierno Local, teniendo autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, el artículo 9º inciso 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogarlas ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, conforme el artículo 20º inciso 19 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, señala que son atribuciones del Alcalde cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional; Que, conforme al inciso 3º, del Artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, señala que las funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales son: Organizar un servicio de Serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva, Coordinar con el Comité de Defensa Civil del distrito las acciones necesarias para la atención de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra índole y Establecer el registro y control de las asociaciones de vecinos que recaudan cotizaciones o administran bienes vecinales, para garantizar el cumplimiento de sus fines: Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de, Seguridad Ciudadana (SINASEC), tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y Jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana. . asimismo, señala el Artículo 2· de la referida Ley, respecto a la Seguridad Ciudadana, ara efectos de esta Ley, a la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, conforme al artículo 17º del mismo cuerpo normativo, los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana tiene como funciones, a. Estudiar y analizar los problemas de seguridad ciudadana a nivel de sus respectivas jurisdicciones. b. Promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción. c. Formular, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, d. Ejecutar los planes programas y proyectos de Seguridad Ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, e. Supervisar la ejecución de los planes y programas y/o proyectos de seguridad ciudadana por las jurisdicciones colindantes; Que, conforme al inciso e, del artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de las Municipalidades con competencia distrital asumen las funciones de Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo uno de sus funciones presentar al Consejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Memorando Nº 052-2018-GSC/MDI de fecha 22 de Enero del 2018, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, remite a la Gerencia de Asesoría Legal, el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Independencia 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Independencia - CODISEC en Reunión Ordinaria del Comité con fecha 08 de Enero del 2018, para su respectivo informe legal y posterior ratificación ante el Concejo Municipal; Que, mediante Informe Legal Nº 016-2018-GAL-MDI de fecha 24 de enero del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal, emite opinión favorable para la aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Independencia 2018, aprobado en Reunión Ordinaria

del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Independencia - CODISEC; Que, mediante Informe Nº 143-2018-GPPR/MDI de fecha 08 de marzo del 2018, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, emite opinión favorable de orden presupuestal, a efecto que el Concejo Municipal emita la norma municipal que ratifica la aprobación del mencionado Plan; Que, mediante Memorando Nº 501-2018-GM/MDI de fecha 09 de marzo del 2018, la Gerencia Municipal, considerando la opinión técnica y legal de las áreas correspondientes, considera favorable remitir el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Independencia 2018, para ser elevado al Concejo Municipal para su ratificación mediante Ordenanza; Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; contando con el voto POR UNANIMIDAD de los Señores Regidores presentes; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA - 2018 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018 aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana­ CODISEC, cuyo anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que el Plan Local de Seguridad Ciudadana aplicable al Distrito de Independencia para el ejercicio 2018, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Fiscalización y Control Municipal su implementación y fiel cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Secretaria General su Publicación en el diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la información y la Comunicación la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional www.munindependencia.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1634129-1

Modifican la Ordenanza Nº 331-2015-MDI, que aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad
ORDENANZA N° 000376-2018-MDI EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto: El Informe Nº 149-2018-SGLP-GGA/MDI de fecha 01 de marzo del 2018, emitido por la Sub Gerencia de Limpieza Pública; Informe Nº 76-2018-GAL/MDI, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal y el Memorando Nº 581-2018-GM/MDI de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley Nº 27680, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que mediante Ordenanza Nº 331-2015-MDI publicado en el diario Oficial El Peruano el 30 de Enero del 2016,

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