Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2018 (06/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de abril de 2018 /

El Peruano

que se tramite su aprobación ante el pleno del Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, numerales 3) y 8) de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba la siguiente ordenanza: "APROBAR LA CREACIÓN DE LA SUB GERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y DEFENSA CIVIL, Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA" Artículo Primero.- APROBAR la creación de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, como unidad orgánica dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico Local de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Independencia, aprobado por Ordenanza Nº 314-2015-MDI, en los siguientes términos: A.) Incorporar en el Artículo 8º referido a la estructura orgánica, lo siguiente: 07.- ÓRGANOS DE LINEA 07.3.- Gerencia de Desarrollo Económico Local 07.3.1.- Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil B) Modificar el Artículo 70º, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 70º Los Órganos de Línea son los encargados de ejecutar las acciones relacionadas con la misión y objetivos de la municipalidad y que constituyen su razón de ser, tales como: la captación de las rentas municipales, la promoción del desarrollo económico, de los servicios sociales, del desarrollo urbano, de la ejecución de los servicios públicos locales, así como de la ejecución de fiscalización en el contexto de las competencias señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades. Dependen de la Gerencia Municipal y están conformadas por: 07.1.- Gerencia de Rentas 07.1.1.- Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva 07.2.- Gerencia de Fiscalización y Control Municipal 07.3.- Gerencia de Desarrollo Económico Local Municipal 07.3.1.- Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil 07.4.- Gerencia de Infraestructura Pública 07.5.-Gerencia de Desarrollo Urbano 07.6.- Gerencia de Seguridad Ciudadana 07.6.1.- Sub Gerencia de Vigilancia Ciudadana e Información 07.7.- Gerencia de Gestión Ambiental 07.7.1.- Sub Gerencia de Limpieza Pública 07.7.2.- Sub Gerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental 07.8.- Gerencia de Desarrollo Social 07.8.1.- Sub Gerencia de Educación, Cultura, Mujer, Servicio Social y DEMUNA 07.8.2.- Sub Gerencia de Programas Alimentarios y Salud

07.8.3.- Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deportes C.) Modificar el Artículo 77º, quedando redactado con el siguiente texto: Artículo 77º La Gerencia de Desarrollo Económico Local es el órgano de línea responsable de planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades que fomentan y promueven el desarrollo económico del Distrito, y también de la implementación y cumplimiento del sistema nacional de gestión del riesgo de desastres, con la participación directa de la población. Depende del Gerente Municipal. La Gerencia de Desarrollo Económico Local está a cargo de un funcionario de confianza, con categoría remunerativa de Gerente, quien tiene la obligación de planificar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las funciones generales y específicas de la gerencia a su cargo y del personal a su mando, bajo responsabilidad. D.) Modificar el Artículo 78º el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 78º Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Económico Local. De la Gerencia: a. Planificar y concertar el desarrollo económico-social en armonía con las políticas del Plan de Desarrollo Local Distrital y planes de la Municipalidad Metropolitana de Lima. b. Atender en el plazo que determina la Ley la carga documentaria derivada de trámite documentario y de otras Unidades Orgánicas, bajo responsabilidad funcional. c. Administrar eficientemente todos los recursos (humanos, logísticos y otros) que la administración municipal ponga a disposición y bajo responsabilidad funcional. d. Diseñar un plan estratégico para el desarrollo económico sostenible del Distrito y un plan operativo anual e implementarlos en función a los recursos disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial a través de un proceso participativo. e. Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, talleres, charlas, acceso a los mercados, tecnología, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad. f. Promover convenios con Instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito. g. Mantener actualizada la base de datos de los agentes económicos de la jurisdicción distrital. h. Supervisar, controlar y evaluar la formalización del comercio ambulatorio, conducente al ordenamiento urbano y mejor imagen distrital. i. Brindar la información económica necesaria sobre la actividad empresarial en su jurisdicción en función de la información disponible a las instancias Provinciales, Regionales y Nacional j. Emitir resoluciones de gerencia, resolviendo recursos impugnativos dentro del marco de su competencia. k. Autorizar mediante Resoluciones de Gerencia las Licencias de Funcionamiento Indeterminada o Temporal, previo cumpliendo de los requisitos establecidos en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento Ley Nº 28976 y modificatorias. l. Otorgar y/o dar de baja las Licencias de Funcionamiento Indeterminadas o Temporales a establecimientos comerciales, industriales, profesionales y similares. m. Otorgar Autorizaciones Temporales por ocupación de la vía pública del comercio informal en zonas autorizadas, ferias realizadas en propiedades privadas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, de conformidad con lo establecido en el Texto Único de

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