Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2018 (14/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 14 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el Decreto Supremo Nº 007­2013­EF, regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional de servidores y funcionarios públicos, entre ellos autoridades como alcaldes y regidores; Que, mediante Directiva Nº 002­2011­OGA/MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 ­ 2011 ­ MPC, se estableció las normas para el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios de los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad del Cusco y la rendición de los gastos irrogados al erario público; Que, mediante Documento S/N, ingresado a la Entidad con Expediente Nº 16217 y Documento S/N, ingresado a la Entidad con Expediente Nº 16218, de fechas 06 de marzo de 2018, JEAN JACQUES HELLUIN ­ Secretario General de CODATU, hace extensiva la invitación a Carlos Manuel Moscoso Perea ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco e Ismael Sutta Soto ­ Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, respectivamente, para participación en Tercera Visita Técnica a Ciudades de Paris, Burdeos y Lille ­ Francia, a realizarse del 09 al 12 de abril de 2018, organizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), el Centro Francés de Estudios sobre los Riesgos, El Medio Ambiente, la Movilidad y la Planificación (CEREMA) y la Cooperación para el Desarrollo y el Mejoramiento de los Transportes Urbanos (CODATU); ello tomando en consideración, que en el Perú se vienen desarrollando numerosos estudios y proyectos en este ámbito. Precisando además, que en el marco de talleres y misiones de trabajo en el Perú, la cooperación viene brindando desde el mes de abril de 2016 un asesoramiento al MTC y a las Municipalidades Peruanas sobre las temáticas de gobernanza y financiamiento del transporte urbano, integración de las redes e intermodalidad, así como en la planificación y el desarrollo de sistemas de transporte masivo. (...). Indicando además, que la visita técnica en las ciudades de Paris, Burdeos y Lille será la oportunidad de presentar ejemplos franceses e intercambiar con las instituciones sobre los temas mencionados y de dar elementos de reflexión y comparación a los actores peruanos; por lo que, incluirá: 1) La visita de autoridades organizadoras de transportes. 2) La visita de estaciones y polos intermodales. 3) la visita de sistemas de tranvía y tram ­ tren. 4) La visita de centros históricos peatonales y sus soluciones de acceso. Señalando además, que considerando los tiempos de vuelo, tendrán que viajar del 07 al 13 de abril de 2018 y que se cubrirá la integridad de los gastos relativos a dicha visita del vuelo que sale de la ciudad del Cusco. (...); Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 7 de marzo de 2018, se dio cuenta al Concejo Municipal del citado documento, para posteriormente debatirse y aprobarse la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco y autorizarse la participación en la

citada visita técnica de Carlos Manuel Moscoso Perea ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco e Ismael Sutta Soto ­ Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, (...); Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por MAYORIA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la Tercera Visita Técnica a Ciudades de Paris, Burdeos y Lille ­ Francia, a realizarse del 9 al 12 de abril de 2018, organizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), el Centro Francés de Estudios sobre los Riesgos, el Medio Ambiente, la Movilidad y la Planificación (CEREMA) y la Cooperación para el Desarrollo y el Mejoramiento de los Transportes Urbanos (CODATU). Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación de Carlos Manuel Moscoso Perea ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco e Ismael Sutta Soto ­ Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, en la citada visita técnica; otorgándoles además, licencia del 6 al 15 de abril de 2018. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los organizadores cubrirán cubrirá la integralidad de los gastos de los participantes. Esto incluye boletos aéreos nacionales e internacionales, alojamiento, alimentación, transporte local en Francia, salvo los gastos que se detallan que serán cubiertos por la Municipalidad Provincial del Cusco: CARLOS MANUEL MOSCOSO PEREA ­ ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO: Viáticos Nacionales (tránsito) dos (2) días. Viáticos Internacionales (tránsito) dos (2) días. Seguro Integral de Viaje Internacional. ISMAEL SUTTA SOTO ­ GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO: Viáticos Nacionales (tránsito) dos (2) días. Viáticos Internacionales (tránsito) dos (2) días. Seguro Integral de Viaje Internacional. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, de fecha 14 de junio de 2004, Carlos Manuel Moscoso Perea ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco e Ismael Sutta Soto ­ Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberán emitir informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; debiendo además, efectuar la rendición de los gastos irrogados dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1636349-1

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