Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2018 (14/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de abril de 2018 /

El Peruano

Que, por Resolución SBS N° 965-2017 de fecha 06 de marzo de 2017, se autorizó la inscripción del señor Edison Marcos Bravo García como Corredor de Seguros de Personas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de febrero de 2018, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Edison Marcos Bravo García postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en la Resolución SBS N° 1797-2011 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Edison Marcos Bravo García, con matrícula número N-4484, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros. Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Miguel Ángel Domingo Piscoya Potestá, con matrícula número N-4601, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1636571-1

Autorizan viaje de funcionario a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1384-2018 Lima, 11 de abril de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:

CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1636418-1

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1256-2018 Lima, 3 de abril de 2018 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Ángel Domingo Piscoya Potestá para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de febrero de 2018, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Miguel Ángel Domingo Piscoya Potestá postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la

La invitación cursada por la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Seminario Internacional AIOS-BID "Economía del Comportamiento y Educación Previsional", en la Reunión Técnica AIOS-BID y en la Asamblea General AIOS, que se llevarán a cabo del 17 al 19 de abril de 2018, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), su participación en las actividades convocadas por la citada Asociación le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión de los sistemas de pensiones en la región; Que, en el Seminario Internacional, organizado por la AIOS y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se abordarán temas de la economía del comportamiento aplicada a pensiones y se procederá al lanzamiento de la Iniciativa Laboratorio de Ahorro para el Retiro. Asimismo, las reuniones técnicas con todos los miembros de la Red de Pensiones en América Latina y el Caribe (Red PLAC) serán para definir el plan de trabajo para los próximos años; Que, el señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, ha sido invitado a participar como moderador en el Módulo I: Educación Previsional y Comunicación con Participantes en los Sistemas de Pensiones del Seminario Internacional; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que participe en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante

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