Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2018 (21/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Sábado 21 de abril de 2018 /

El Peruano

Navío CJ. David Eduardo HIDALGO Valdivia, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 12 al 14 de marzo de 2018, para que asuma la Defensa Jurídica del Estado, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 30 de la República Argentina, sobre la demanda laboral interpuesta por la señora Peggy Maureen BOYLE Yrigoyen, relativa al pago de beneficios laborales y participe en la audiencia en dicho Juzgado el 13 de marzo de 2018; así como, autorizar su salida del país el 11 y su retorno el 15 de marzo de 2018; Que, en relación al referido viaje en Comisión de Servicio, mediante Oficio P.200-002 de fecha 19 de marzo de 2018, el Procurador Público Adjunto de la Marina, Capitán de Navío CJ. David Eduardo HIDALGO Valdivia ha informado al Comandante General de la Marina sobre los resultados de la mencionada audiencia programada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 30 de la República Argentina, indicando que la Magistrada antes de proceder a iniciar las etapas probatorias, propuso un arreglo conciliatorio de conformidad a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Argentina y artículo 38 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; convocando a ambas partes a evaluar un arreglo conciliatorio sobre la base de una oferta conciliatoria de CUARENTA Y SIETE MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$. 47,000.00); asimismo, dispuso la suspensión de la audiencia hasta el 24 de abril de 2018, fecha en la cual deberán de comunicar su decisión respecto de la misma; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2018, aprobado por Resolución Ministerial Nº 354-2018-DE/SG, de fecha 21 de marzo de 2018; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú y a la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, con Oficio P.200-0895 de fecha 10 de abril de 2018, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Capitán de Navío CJ. David Eduardo HIDALGO Valdivia, para que ejerza la Defensa Jurídica de los derechos e intereses del Estado Peruano sobre la demanda laboral interpuesta por la señora Peggy Maureen BOYLE Yrigoyen, relativo al pago de beneficios laborales y participe en la referida audiencia, del 23 al 25 de abril de 2018, a fin de poder hacer las coordinaciones y estrategias de defensa amparada en la legislación extranjera; Que, de acuerdo con el documento Nº 081-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío CJ. David Eduardo HIDALGO Valdivia, CIP. 02967431, DNI. 29528743, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 23 al 25 de abril de 2018, para que asuma la Defensa Jurídica del Estado, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 30 de la República Argentina, sobre la demanda laboral interpuesta por la señora Peggy Maureen BOYLE Yrigoyen, relativa al pago de beneficios laborales y participe en la audiencia en dicho Juzgado el 24 de abril de 2018; así como, autorizar su salida del país el 22 y su retorno el 26 de abril de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 1,825.84 US$. 1,825.84 Viáticos: US$. 370.00 x 3 días TOTAL A PAGAR: US$. 1,110.00 US$. 2,935.84

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de los viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1639795-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 522-2018 DE/MGP Lima, 20 de abril de 2018 Vista, la Carta G.500-2014 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 17 de abril de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 3 de abril de 2018, el Consultor de Ciberdefensa de la empresa Kryptus ha cursado invitación al Director de Inteligencia de la Marina, para que UN (1) equipo conformado por SEIS (6) Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, participen en el evento de cibernética, comunicaciones y guerra electrónica "Brasil Cyber Defence Summit & Expo", a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 23 al 26 de abril de 2018; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2018, aprobado por Resolución Ministerial Nº 354-2018-DE/SG, de fecha 21 de marzo de 2018; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú y a la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente;

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