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25 NORMAS LEGALES Sábado 21 de abril de 2018 El Peruano / Soles) correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2018, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Sociedad Anónima para el desarrollo del proyecto de electri fi cación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electri fi cación Rural PRODUCTO: Acciones ComunesACTIVIDAD: Transferencia a Entidades para Proyectos de Electri fi cación FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO: 6 Gastos de CapitalGENÉRICA DE GASTO: 2.4 Donaciones y Transferencias S/ 423 611,48 TOTAL S/ 423 611,48 Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 002-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Sociedad Anónima. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte Sociedad Anónima debe informar a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. N° 139-2018-MEM/DM Transferencia de recursos fi nancieros formulada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. Nombre del Proyecto Departamento Inversión S/. “Creación del servicio de energía eléctrica del caserío Rama Serquen del distrito de Ferreñafe, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque”Lambayeque423 611,48 TOTAL 423 611,48 1639005-2 Autorizan viaje de Viceministro de Minas a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2018-MEM/DM Lima, 19 de abril de 2018VISTOS: El Informe Nº 002-2018-MEM/VMM, del 18 de abril de 2018; el Informe Nº 048-2018-MEM-OGA/FIN, del 18 de abril de 2018, de la O fi cina Financiera de la Ofi cina General de Administración; y el Informe Nº 375- 2018-MEM/OGJ, del 19 de abril de 2018, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con el O fi cio RE (PIN) Nº 2-13-B/88 con Registro Nº 2792915, del 05 de marzo de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores remitió al Sector de Energía y Minas la invitación o fi cial para participar de la XV edición de EXPOMIN 2018, a realizarse los días 23 y 24 de abril de 2018 en el Centro de Convenciones “Espacio Riesco” en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, el Perú es país invitado en la XV edición de EXPOMIN 2018 y en esa calidad participará en el corte de cinta en conjunto con las autoridades chilenas; y asimismo en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; Que, según lo indicado en el sustento técnico del viaje presentado, el evento tiene por objeto conectar a la minería con la comunidad inversora del mundo y promover el desarrollo del sector minero en la región. Por ello, participarán inversionistas internacionales, representantes de gobiernos y compañías mineras con inversiones en la región en el mismo; Que, adicionalmente, el Viceministro de Minas ha sido invitado a presentar en el referido evento las oportunidades de inversión en el sector minero peruano, en el que se discutirán: i) Aseguramiento de mecanismos, soluciones seguras y fl exibles de fi nanciamiento para mineros medianos para permitir proyectos mineros que puedan generar bene fi cios a sus propietarios, inversionistas y comunidades locales, ii) Incremento en la confi anza en la minería para asegurar el apoyo continuo del Estado en los procesos de inversión para garantizar que el desarrollo sostenible sea una prioridad, iii) Visión general de los avances recientes en la legislación minera y tributaria del Perú; Que, el Ministerio de Energía y Minas es un organismo del Poder Ejecutivo, encargado de formular, en armonía con la política general y los planes del Gobierno, las políticas de alcance nacional en materia de electricidad, hidrocarburos y minería, supervisando y evaluando su cumplimiento; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, una de las funciones que le corresponde al Ministerio de Energía y Minas es promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación del Viceministro de Minas en la XV edición de EXPOMIN 2018, dado que la misma involucra temas relacionados al sector minero; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modi fi catorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, tal como lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 2 y 3 de la Ley Nº 27619, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional,