Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2018 (21/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de abril de 2018 /

El Peruano

Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2018-MIDIS Lima, 20 de abril de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 320-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe Nº 081-2018-MIDIS/SG/OGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional Cuna Más, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; indicándose que dicho programa contará con un Director Ejecutivo designado por Resolución Ministerial; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, comprende entre los Programas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Programa Nacional Cuna Más; Que, por Resolución Ministerial Nº 097-2018-MIDIS, se encargó a la señora Rommy Marisa Ríos Núñez las funciones de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; encargo que se considera conveniente dar por concluido; Que, en ese sentido, corresponde designar a la persona que se desempeñará en el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional Cuna Más; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS, que crea el Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Mas, dispuesto por Resolución Ministerial Nº 097-2018-MIDIS. Artículo 2.- Designar a la señora Rommy Marisa Ríos Núñez como Directora Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1639791-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, en concordancia con la Ley Nº 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 30693, autoriza en el Año Fiscal 2018, a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio; señalando que dichas transferencias de recursos sólo se autorizan hasta el 21 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado; precisando que las propuestas de decreto supremo correspondientes sólo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de mayo de 2018; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, establece que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación deben contar con la conformidad de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector (OPMI), respecto a que el proyecto de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación cierren brechas y correspondan con los criterios de priorización del Sector, en el marco de la normatividad que regula la inversión. En el caso de los proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación que no cuenten con el estudio definitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para financiar esta finalidad, y sólo deben contar con la conformidad de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del sector respecto del cierre de brechas y criterios de priorización del proyecto de inversión y/o las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, en el marco de la normatividad que regula la inversión; Que, de acuerdo al numeral 13.5 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de los Sectores es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, según corresponda, para lo cual realiza el monitoreo respectivo, lo que no comprende las acciones de supervisión a cargo de la unidad ejecutora de inversiones de los proyectos e inversiones antes mencionadas, así como las acciones que realiza la Contraloría General de la República en el marco de sus competencias; señalando además que las unidades ejecutoras de inversiones o las entidades receptoras de las transferencias informan a la OPMI del sector que transfiere los recursos el avance físico y financiero de la ejecución de las inversiones en el marco

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 078-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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