Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2018 (28/04/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Sábado 28 de abril de 2018

NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

57

de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidades con competencia distrital, asume las funciones de Secretaría Técnica de los CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad siendo uno de sus funciones presentar al concejo municipal distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobada por el CODISEC para su ratificación; Que el Plan de Seguridad Ciudadana deber ser ratificado por el concejo municipal para efectos de su obligatorio cumplimiento como política distrital de acuerdo a lo establecido en el artículo 47º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN; Que en ese orden de ideas, se tiene el Oficio Nº 061-2018/MDLO/GSC/CODISEC-ST, Memorándum Nº 157-2018-MDLO/SG, Informe Nº 020-2018/MDLO/ GSC, Memorándum Nº 156-2018-MDLO/SG, Informe Nº 052-2018-MDLO-GPP, se debe declarar procedente para la ratificación del Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de los Olivos; Que mediante Informe Nº 139-2018-MDLO/GAJ, de fecha 12 de abril de 2018, La Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Los Olivos, de acuerdo al artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN; Estando a lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 8), del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con dispensa de lectura y aprobación de Acta, aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA Nº 476-CDLO RATIFICAR EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS 2018 Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Los Olivos 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC Los Olivos 2018, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde, adoptar las medidas necesarias y los actos administrativos para la implementación del Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Los Olivos 2018, descrito en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia De Seguridad Ciudadana, a la Secretaría Técnica del CODISEC, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión, a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, asimismo DISPONER que la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones proceda a publicar el texto integro de la presente Ordenanza en la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1641877-1

VISTO: El Memorándum Nº 102-2018-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 183-2018-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencia y Habilitación, el Informe Nº 99-2018-SGPUCGDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 344-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la suspensión de la emisión de los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, así como los proyectos, anteproyectos y Licencias de Edificación en la Urbanización Cerros de Camacho y la Urbanización Club Golf Los Incas con zonificación ZRE-A, ZRE-B y ZRE-C; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función municipal en materia de organización del espacio físico y usos del suelo; normar y otorgar licencias de construcción, licencias municipales de funcionamiento, así como otras autorizaciones municipales; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios son documentos técnicos en el que se especifican los parámetros de diseño que regulan el proceso de edificación sobre un predio urbano, cuya vigencia es de treinta y seis (36) meses, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14º, numeral 2 del Decreto Supremo Nº 006-2017-Vivienda, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y edificación. Asimismo, el Artículo 7º de la norma citada: "Definición de licencias de habilitación y de edificación", establece que las licencias de habilitación y de edificación constituyen actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorización para la ejecución de obras de habilitación urbana o edificación; Que, con Memorándum Nº 102-2018-GDU-MSS, la Gerencia de Desarrollo Urbano propone se apruebe la suspensión de la recepción de solicitudes de certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios, así como la recepción de anteproyectos, proyectos y licencias de edificación en la modalidad A, B, C y D, en la Urbanización Cerros de Camacho y la Urbanización Club Golf Los Incas, con zonificación ZRE-A, ZRE-B y ZRE-C; sustentado en el Informe Nº 99-2018-SGPUCGDU-MSS, del 10.04.2018, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; el cual indica que resulta necesario suspender la recepción de solicitudes de aprobación de anteproyectos en consulta y licencias de edificación en las modalidades A, B, C y D, así como de los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios en la Urbanización Cerros de Camacho y la Urbanización Club Golf Los Incas, con zonificación ZRE-A, ZRE-B y ZRE-C hasta el 31 de diciembre del 2018, contados desde la publicación del presente decreto, en tanto persiste la problemática de la accesibilidad hacia la Urbanización por la densidad poblacional denunciada por los residentes y por el aumento del parque automotor; así como en el Informe Nº 183-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencia y Habilitación, correspondiendo a esta administración

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Suspenden la recepción de solicitudes de aprobación de anteproyectos, proyectos en consulta y licencias de edificación y otros en la Urbanización Cerros de Camacho y la Urbanización Club Golf Los Incas
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2018-MSS Santiago de Surco, 26 de abril del 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.