Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2018 (28/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de abril de 2018 /

El Peruano

de Comercio Exterior y Turismo aprobar y actualizar el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo en el ámbito nacional; en su artículo 6º, indica que, los Gobiernos Regionales en materia de turismo cumplen las funciones que prescribe la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y las que adicionalmente delegue el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el Artículo 10 de la Ley General de Turismo, Ley Nº 29408 establece: "Los Gobiernos Regionales crean un comité consultivo regional de turismo con el fin de formular recomendaciones sobre lineamientos de políticas relacionadas con el sector público y privado para lograr una visión conjunta sobre la actividad turística regional, emitir opinión sobre los planes, programas, proyectos e inversiones regionales; proponer acciones de facilitación turística, protección y defensa del turista; y otras consultas a fines que se sometan a su consideración"; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 032-2015-CRRL de fecha 02 de diciembre de 2015, se creó el Comité Consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima como ente impulsor e interlocutor del Desarrollo Turístico Regional, de conformidad con el Art. 10 de la Ley Nº 29408 Ley General de Turismo, con la función de formular recomendaciones sobre alineamientos y políticos relacionadas con la actividad turística regional; establecer los canales de comunicación entre el sector público y privado, logre una visión conjunta sobre la actividad turística regional; asimismo, emitan opinión sobre los planes, programas, proyectos e inversiones regionales; y proponga acciones de facilitación turística y defensa del turista. Que, en la citada Ordenanza Regional se señaló en el Artículo Segundo que el Comité Consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima estará conformado de la siguiente manera: 1.- Gerente Regional de Desarrollo Económico. 2.- Director Regional de Turismo y Comercio Exterior 3.- Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 4.- Representantes de las Municipalidades Provinciales de las 09 provincias del Gobierno Regional de Lima 5.- Director y/o representante del Proyecto Especial Plan COPESCO 6.- Otras instituciones que soliciten su incorporación y estén reconocidas; Que, el Artículo Sexto de la mencionada Ordenanza Regional se declaró de Interés y Prioridad Regional la actualización y/o implementación del Plan Estratégico Regional PERTUR 2016-2021 del Gobierno Regional de Lima; Que, asimismo, en el Artículo Séptimo de la Ordenanza Regional se encargó al Comité Consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima, la actualización y/o implementación del Plan Estratégico Regional de Turismo PERTUR 2016-2021 del Gobierno Regional de Lima, como herramienta de gestión, el cual describa la situación actual del Turismo, plantee un análisis FODA en función a diversos ejes temáticos y proponga programas de desarrollo turísticos. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 231-2016-MINCETUR, ha sido aprobado el Plan Estratégico Nacional de Turismo hacia el 2025, presentado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el que establece que los Gobiernos Regionales tienen a su cargo la implementación del PENTUR a través de sus Planes Estratégicos Regionales de Turismo ­ PERTUR, el mismo que se formula con la participación de los principales actores públicos y privados involucrados en la actividad turística regional y en el marco del procedimiento seguido para la formulación del PENTUR; Que, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Lima, en el Informe Nº 152-2017-GRL/GRDE/DIRCETUR/JMPS, informa que el Plan Estratégico Regional de Turismo de Lima 2016-2021 aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 032-2015-CRRL, se encuentra desactualizado, por lo que, teniendo en cuenta la actual coyuntura social, política, económica de la región y el país, el desarrollo de productos turísticos

e identificación de zonas potenciales, el crecimiento del sector empresarial y el flujo turístico, se hace necesario actualizar dicho Plan; asimismo informa que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha iniciado el proceso de actualización de los Planes Estratégicos Regionales de Turismo ­ PERTUR con la finalidad de dar inicio a la implementación del Plan Estratégico Nacional de Turismo ­ PENTUR 2025, mediante la asistencia técnica del equipo de la Dirección General de Estrategia Turística. En tal sentido concluye que en primera instancia la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Lima, en atención al artículo 10º de la Ley General de Turismo Ley Nº 29408, que disponer: "El fin del Comité consultivo regional es formular recomendaciones sobre lineamientos de políticas relacionadas con el sector público y privado", ha evaluado las necesidades de Modificar del Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 032-2015-CR-RL que conforma el Comité consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima, a efectos de considerar a los siguientes entes públicos y privados como parte de sus miembros a fin de poder impulsar el desarrollo del turismo en nuestra región con un trabajo en conjunto con los diferentes entes involucrados con el objeto de que articulen esfuerzos en el bienestar del turismo regional. Por tanto, solicita que el Comité consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima esté conformado de la siguiente manera: - Gerente Regional de Desarrollo Económico - Director Regional de Turismo y Comercio Exterior - Gerente Regional de Planeamiento, presupuesto y acondicionamiento Territorial. - Representantes de la Municipalidades Provinciales de las 09 Provincias del Gobiernos Regional de Lima - Director y/o representante del Proyecto Especial Regional Plan COPESCO. - Otras instituciones que soliciten su incorporación y estén reconocidas. - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. - Gerencia Regional de Desarrollo Social de Lima. - Cámara de Comercio, Producción y Turismo de la Región Lima. - Asociación Peruana de Hoteles, Restaurantes y Afines de la Región Lima. - Asociaciones de Turismo. - Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. - Universidad Nacional de Cañete. Por ser entes del sector público y privados vinculados estrechamente con el desarrollo de la actividad turística en nuestra región Lima. Que, asimismo la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo informa que considerando que la Región Lima se constituye como uno de los principales destinos turísticos del país, se ha previsto iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico Regional de Turismo ­ PERTUR Lima, mediante un trabajo conjunto y participativo que involucra a los actores regionales del Sector a nivel público y privado, para lo cual es necesario designar un Equipo Técnico Especializado y constituir una Comisión Multidisciplinaria del PERTUR, y su respectivo Reglamento, quien se encargará de su actualización y/o implementación, ya que conforme al artículo 10º de la Ley General de Turismo Ley Nº 29408 no le correspondería al Comité Consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima la actualización y/o implementación del Plan Estratégico Regional de Turismo PERTUR, siendo necesario por ello que se derogue el Artículo Séptimo de la Ordenanza Regional Nº 032-2015-CR-RL que ordena "Encargar al comité Consultivo Regional de Turismo (CCRT) del Gobierno Regional de Lima, la actualización y/o implementación del Plan Estratégico Regional de Turismo PERTUR 2016-2021 del Gobierno Regional de Lima, como herramienta de gestión, el cual describe la situación actual del turismo, platee un análisis FODA en función a diversos ejes temáticos y proponga programas de desarrollo turísticos;

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