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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (09/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 9 de agosto de 2018 El Peruano / Designan Director de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 617-2018-MTC/01 Lima, 06 de agosto de 2018CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Sergio González Guerrero, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1678258-6 Modifican y aprueban Texto Actualizado de la Directiva N° 005-2008-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 618-2018 MTC/01 Lima, 6 de agosto de 2018VISTOS: El Memorándum N° 1089-2018-MTC/10.06 de la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° 1205-2018-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 219-2008 MTC/01, se aprueba la Directiva N° 005-2008-MTC/01 “Directiva que establece el Procedimiento para la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”; modi fi cada por Resoluciones Ministeriales N°s. 400 y 712-2008 MTC/01; Que, por Informe de Auditoría N° 039-2017-2-5304, el Órgano de Control Institucional recomienda, entre otros, que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con la O fi cina de Tecnología de la Información de la O fi cina General de Administración, actualicen la Directiva N° 005-2008-MTC/01, a fi n de adecuar sus disposiciones sobre fi scalización posterior según lo previsto en el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; así como, precisar que la condición de “tramitados” de los expedientes no se re fi ere a los ingresados y terminados en el trimestre anterior; Que, el artículo 31 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, prevé que todos los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante las entidades para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, se clasi fi can en procedimientos de aprobación automática o de evaluación previa por la entidad, y este último a su vez sujeto, en caso de falta de pronunciamiento oportuno, a silencio positivo o silencio negativo; precisando que cada entidad señala estos procedimientos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, los numerales 33.1 y 33.2 del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 establecen que por la fi scalización posterior, la entidad ante la que es realizado un procedimiento de aprobación automática, evaluación previa o haya recibido la documentación a que se re fi ere el artículo 47 de la citada norma; queda obligada a veri fi car de o fi cio mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado; precisando que tratándose de los procedimientos de aprobación automática y en los de evaluación previa en los que ha operado el silencio administrativo positivo, la fi scalización comprende no menos del diez por ciento (10%) de todos los expedientes, con un máximo de ciento cincuenta (150) expedientes por semestre; precisando que esta cantidad puede incrementarse teniendo en cuenta el impacto que en el interés general, en la economía, en la seguridad o en la salud ciudadana pueda conllevar la ocurrencia de fraude o falsedad en la información, documentación o declaración presentadas y que dicha fi scalización debe efectuarse semestralmente de acuerdo a los lineamientos que para tal efecto dicta la Presidencia del Consejo de Ministros;DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS DURANTE LOS DÍAS 20 AL 22 DE AGOSTO DE 2018 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 317-2018-MTC/12.04 Y Nº 383-2018-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FIN VIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1792-2018-MTC/12.04 20-Ago 22-Ago US$ 600.00 LAN PERU S.A.PARODI SOLARI, OSCAR ALBERTOGUARULHOS, SAO PAULOREPUBLICA FEDERATIVA DE BRASILChequeo técnico Inicial como Primer O fi cial y Habilitación en el equipo A-319/A-320/A-321 en simulador de vuelo, a su personal aeronáutico.12564-12565 1678258-5