Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2018 (09/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 9 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, en tal sentido, la Subdirección de Logística mediante Oficio Nº 3700-2018-CA-SDL-UNSA, ha determinado el itinerario, montos de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento, mediante sello de derivación, informa que revisado en presupuesto institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados para atender el requerimiento efectuado. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Ms. Cs. Blgo. Victor Quipuscoa Silvestre, Docente adscrito al Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias Biológicas, para que en calidad de Investigador Principal realice la consulta, con fines de investigación, de datos de los especímenes, tipos, isotipos e información bibliográfica de las plantas endémicas de la región Arequipa de la colección del herbario F del Field Museum, Chicago, Estados Unidos, del 11 al 18 de agosto del 2018; en ejecución del Proyecto de Investigación titulado: "Estudio del estado de conservación de los Taxones Endémicos de Plantas Vasculares de la Región Arequipa, Bases para las estrategias de conservación frente a los escenarios del Cambio Climático", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2016-FONDECYT-DE de fecha 06 de setiembre de 2016. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado docente, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Recursos Determinados, según siguiente detalle: : S/ 4070.05 Soles Arequipa-Lima-Estados UnidosEstados Unidos-Lima-Arequipa Del 11 al 18 de agosto del 2018. - Seguro Viajero : S/ 172.64 Soles - Viáticos : S/ 4200.00 Soles Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado docente presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector 1678580-1 - Pasajes

Libertario, en contra de la Resolución Nº 00224-2018-JEECHYO/JNE, de fecha 21 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pomalca, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Con fecha 19 de junio de 2018 (fojas 3 y 4), Francisco Javier Tarrillo Paico, personero legal titular de la organización política Perú Libertario (en adelante, la organización política), presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018 (en adelante, ERM 2018). Mediante la Resolución Nº 00224-2018-JEE-CHYO/ JNE, de fecha 21 de junio de 2018 (fojas 145 y 146), emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo (en adelante, JEE), declaró improcedente la solicitud de inscripción de la organización política para el Concejo Distrital de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, debido a que, a la fecha de presentación de dicha solicitud, Francisco Javier Tarrillo Paico no presentaba legitimidad para obrar, debido a que: - De acuerdo a la búsqueda realizada en el Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, ROP), Ana María Córdova Capucho y Caleb Carhuavilca Quispe, son los personeros legales titular y alterno, respectivamente. - Francisco Javier Tarrillo Paico no se encuentra acreditado ante el JEE. Dicha resolución fue notificada a la organización política en comento, el 28 de junio de 2018 (fojas 147). Con fecha 30 de junio de 2018 (fojas 151 a 155), Francisco Javier Tarrillo Paico, personero legal titular interpuso recurso de apelación, indicando, entre otros, lo siguiente: a) La solicitud de reconocimiento como personero fue presentada con antelación. b) El personero legal ante el JEE acreditado por Ana María Córdova Capucho, personera legal de la organización política inscrita ante el ROP, quien solicitó con antelación el reconocimiento de Francisco Javier Tarrillo Paico como personero legal acreditado ante el JEE. Asimismo, con fecha 13 de junio, recibió un correo en el que le comunicó que "su usuario ha sido creado con éxito, se envía credenciales de acceso", indicándole el usuario y la contraseña, por lo que considera que está debidamente acreditado. c) La resolución expedida por el JEE en la que se le tiene por acreditado como personero legal titular, resultaría tardía, en razón de que esta resolución se ha generado en base a la información obtenida en el sistema Declara en la que aparecen las credenciales otorgadas por la personera legal titular en el ROP. Con la Resolución Nº 00457-2018-JEE-CHYO/JNE, del 25 de junio de 2018 (fojas 159 y 160), el JEE concedió el recurso de apelación interpuesto y ordenó que se eleven los actuados al Jurado Nacional de Elecciones para que resuelva conforme a ley. CONSIDERANDOS Cuestión previa 1. Previamente, corresponde precisar que el magistrado Raúl Chanamé Orbe, miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, ha formulado su abstención por decoro para participar en el conocimiento de la presente causa, debido a que, si bien la legislación electoral no prevé causales de inhibición, considera necesario abstenerse por decoro en el trámite del presente expediente, en aplicación supletoria de lo previsto por el artículo 313 del Código Procesal Civil,

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para Concejo Distrital de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN Nº 0696-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018018976 POMALCA - CHICLAYO - LAMBAYEQUE JEE CHICLAYO (ERM.2018017189) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de julio de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Francisco Javier Tarrillo Paico, personero legal titular de la organización política Perú

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