Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Sábado 18 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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Distrito de Independencia, cuyo anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que la Ordenanza que aprueba el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres 2018 ­ 2021, aplicable al distrito de Independencia para el ejercicio 2019, el cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico Local y Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil su implementación y fiel cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Secretaría General su Publicación en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres 2018 ­ 2021 del Distrito de Independencia en el Portal Institucional www.muniindependencia.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1681938-1

Actualizan incentivos para promover el cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente, a través de sorteos públicos entre vecinos
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000008-2018-MDI Independencia, 7 de agosto del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO; El Informe Nº 528-2018-SGLP-GGA-MDI de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, Informe Nº 47-2018-GGA-MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Legal Nº 243-2018-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 1495-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal, y teniendo como propósito el desarrollo de actividades que buscan incentivar a los vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente-PSF del Distrito Independencia, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2018; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, la ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el Título Preliminar, artículo IV, que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización define en el numeral 9.1 a la autonomía política como aquella facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, en el artículo 6 del Decreto Legislativo 1278, lineamientos de la gestión integral de residuos sólidos; en su literal "b" establece desarrollar acciones de educación

y sensibilización dirigida hacia la población en general y capacitación técnica para una gestión y manejo de los residuos sólidos eficiente, eficaz y sostenible, enfocada en la minimización y la valorización; Que en su reglamento, el D.S. Nº005 -2010 MINAM, que en su artículo 47º del capítulo I, del título VI, señala "La Municipalidad establecerá progresivamente un bono de incentivo dirigido a los vecinos que participan del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, para lo cual segregan sus residuos sólidos reaprovechables y los entregan a los recicladores autorizados por la Municipalidad, según la cantidad de los residuos que se producen, al menos una vez por semana"; Que en el artículo 7º de la Ley Nº 29419 "Ley que regula la actividad de los Recicladores" establece que los gobiernos locales implementan programas de incentivos a la segregación en la fuente, los cuales pueden incluir compensaciones a los contribuyentes a través de la reducción del pago de tarifas o la entrega de bienes o servicios a menos costo o de forma gratuita, o como parte de programas de certificación ambiental de empresas o instituciones en general; Que, con Informe Nº 528- 2018-SGL-GGA-MDI, la Sub Gerencia de Limpieza Pública informa que de los tres sorteos públicos programados para el anterior periodo y aprobado mediante Ordenanza Nº 359-2017MDI, solamente se han efectuado dos (02) sorteos públicos como incentivos a los vecinos participantes del Programa de Segregación en la Fuente, quedando pendiente efectuarse un (01) sorteo público; en esa línea, la Sub Gerencia de Limpieza Pública recomienda que vía Decreto de Alcaldía se actualice la fecha del último sorteo programado por la Ordenanza señalada; a fin de que modificada, el sorteo pueda efectuarse la última semana del mes de agosto del 2018; Asimismo, informan que para la realización del sorteo público como incentivo a los vecinos participantes del PSF, no significaría costo adicional a la Municipalidad de Independencia, debido a que ya se cuentan con los bienes, materiales e insumos a sortearse, puesto que estos habían sido adquiridos por la MDI previamente para el incentivo a los vecinos participantes del PSF; Que, en la Ordenanza Nº 359- 2017-MDI se aprueban los incentivos que tienen por objeto promover el cumplimiento del Programa de Segregación en la Fuente, a través de sorteos públicos entre los vecinos del Distrito Independencia que participen constante y activamente. Asimismo, en el Artículo Octavo de la misma norma municipal, se autoriza al señor Alcalde que vía Decreto de Alcaldía, efectúe las modificaciones y/o actualizaciones que correspondan; Que, mediante Informe Nº 47-2018-GGA-MDI de fecha 31 de julio del 2018, la Gerencia de Gestión Ambiental, luego del análisis del informe de limpieza pública, opina de manera favorable que mediante Decreto de Alcaldía se actualice el desarrollo de incentivos a los vecinos que participen en el PSF 2018, y se actualice además la fecha del último sorteo programado mediante Ordenanza Nº 359-2017-MDI, a fin de que dicho sorteo se pueda efectuar en el presente periodo fiscal 2018, cabe precisar que para la realización de dicho sorteo público, no generaría gasto adicional alguno a la municipalidad, debido a que ya se cuentan con los bienes, materiales e insumos a sortearse puesto que estos habían sido adquiridos oportunamente en el periodo anterior. Asimismo en el artículo octavo de la Ordenanza Nº 359-2017-MDI se autoriza al señor Alcalde que vía Decreto de Alcaldía efectúe las modificaciones y actualizaciones que correspondan; Que, mediante Informe Legal Nº 243-2018-GAL-MDI de fecha 02 de agosto del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal opina favorable la Actualización de la fecha del tercer y último sorteo establecido en la primera disposición transitoria final de la Ordenanza Nº 359-2017-MDI la misma que actualizada se efectuara en la última semana del mes de agosto del año 2018, correspondiendo su aprobación a través de Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorando Nº 1495-2018-GM-MDI de fecha 06 de agosto del 2018, la Gerencia Municipal en consideración a las opiniones técnicas y legal, considera viable proseguir con el trámite correspondiente;

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