Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2018 (25/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 25 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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2018, aprobó el "Plan de Descarga Procesal para los Juzgados Especializados de Trabajo que conforman el Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque", y dispuso en su artículo cuarto, que el 1º, 2º, 7º y 8º Juzgados de Trabajo Permanentes; así como el Juzgado de Trabajo Transitorio, den prioridad a la resolución de expedientes pendientes de sentenciar, debiendo resolverlos en los meses de agosto, setiembre y octubre de 2018. Tercero. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 154-2018ETII.NLPT-ST/PJ, elaborado por la Secretaria Técnica del citado Equipo Técnico, por el cual pone a conocimiento que a través de una reunión con la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en aras de socializar el plan de descarga de los Juzgados de Trabajo de Chiclayo­Nueva Ley Procesal Trabajo, se advirtió la necesidad de ampliar el número de expedientes a redistribuir por el 1º, 2º, 7º y 8º Juzgados de Trabajo Permanentes al 2º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios de Chiclayo, a fin que los primeros puedan cumplir las metas de producción respecto a los expedientes pendientes de sentenciar; concluyendo en lo siguiente: · A fin de brindar las condiciones necesarias a los jueces del 1°, 2°, 7° y 8° Juzgados de Trabajo Chiclayo­ Nueva Ley Procesal del Trabajo, para que cumplan con las metas de producción y programación de audiencias de conciliación, dispuestas por el Consejo Ejecutivo, es necesario que la primera etapa del plan de descarga comprenda la redistribución al 2º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios de Chiclayo, de aquellos expedientes cuya audiencia de juzgamiento esté programada a partir del 1 de setiembre de 2018. · A fin de brindar las condiciones necesarias a los jueces del 1°, 2°, 7° y 8° Juzgados de Trabajo de Chiclayo­ Nueva Ley Procesal del Trabajo, para que lleven a cabo con normalidad las audiencias previamente programadas para el mes de agosto, y sentencien dentro del plazo de Ley aquellos procesos cuyas audiencias se desarrollen en dicho mes, resulta necesario ampliar el plazo otorgado en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 213-2018-CE-PJ. Cuarto. Que, el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de Salas de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 600-2018 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el literal c) del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 179-2018-CE-PJ, del 25 de junio de 2018, a fin que el 1º, 2º, 7º y 8º Juzgados de Trabajo Permanentes y el Juzgado de Trabajo Transitorio de Chiclayo, Corte Superior de Lambayeque, remitan de forma equitativa y aleatoria al 2º y 3º Juzgados de Trabajo Transitorios de Chiclayo, por única vez, 350 expedientes a cada uno, referidos al proceso ordinario, cuya audiencia de juzgamiento está programada con posterioridad al 31 de agosto de 2018. Artículo Segundo.- Ampliar el plazo otorgado a los jueces del 1º, 2º, 7º y 8º Juzgados de Trabajo Permanentes, en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 213-2018-CE-PJ del 18 de julio de 2018, hasta el 30 de noviembre de 2018.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1685042-2

Establecen disposiciones para la atención de expedientes por parte de los Colegiados "A", "E" y "D" de la Sala Penal Nacional
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 252-2018-CE-PJ Lima, 8 de agosto de 2018 VISTO: El Informe N° 017-2018-P-SPN-PJ, elaborado por la señorita Presidenta de la Sala Penal Nacional. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el referido informe se pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno, la solicitud presentada por los señores jueces superiores integrantes del Colegiado "D" de la Sala Penal Nacional, quienes a la fecha vienen conociendo a dedicación exclusiva el Expediente N° 100-2010, Caso Sánchez Paredes. Segundo. Que en el mencionado informe se señala lo siguiente: a) Mediante Resolución Administrativa N° 153-2014-CE-PJ, del 30 de abril de 2014, se dispuso el cierre del turno del Colegiado "D" de la Sala Penal Nacional, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, para que se avoque al Expediente N° 100-2010-0-JR, seguido contra Santos Orlando Sánchez Paredes y otros, conocido como Caso Sánchez Paredes; a fin de coadyuvar a la descarga procesal de dicho órgano jurisdiccional nacional. b) Mediante documento de fecha 16 de julio de 2018, el Colegiado "D" remitió a la Presidencia de la Sala Penal Nacional la solicitud mediante la cual propone que se les asigne procesos con reos libres que no excedan más de tres acusados, para iniciar su juzgamiento y culminar de manera efectiva, sin afectar el Expediente N° 100-2010-0JR, Caso Sánchez Paredes. Tercero. Que, además, la Presidencia de la Sala Penal Nacional informa que la Relatoría I y la Relatoría II, en cuanto al número de procesos que tiene la Sala Penal Nacional, recibido el 30 de julio y el 6 de agosto del año en curso, ha señalado que existe un total de 32 procesos con ponencias pendientes de sorteo y 14 procesos para juicio oral, pendientes de sorteo. Cuarto. Que, en tal sentido, el informe remitido por la señorita Presidenta de la Sala Penal Nacional concluye en lo siguiente: i) Se tiene a la fecha pendiente de resolver procesos con las características planteadas por el Colegiado "D", en lo que concierne a aquellos cuyo estado es el de señalar fecha para el inicio del juicio oral, en total 14 procesos, que por las razones expuestas deberán ser de conocimiento del Colegiado "D"; y, en lo que concierne a las ponencias, en total 32, éstas deberán ser sorteadas de manera proporcional entre los Colegiados "A", "E" y "D"; y, ii) La Presidencia de la Sala Penal Nacional estima que la solicitud presentada por los integrantes del Colegiado "D" es atendible, permitiendo una efectiva descarga en

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