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30 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 / El Peruano Técnica a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas encargada, entre otros, de recibir los instrumentos económicos y fi nancieros para la evaluación del Grupo de Trabajo, y gestionar la asignación de recursos sobre la base de los acuerdos aprobados; Que, el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; y, como objetivos especí fi cos, incrementar la innovación en los procesos productivos empresariales, impulsar el emprendimiento innovador y facilitar la absorción y adaptación de tecnologías para empresas; Que, el 12 de febrero del 2016, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción suscribieron el Convenio de Gestión para la implementación del Instrumento Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto, con el objetivo de establecer la relación entre el Grupo de Trabajo del FOMITEC y el Ministerio de la Producción a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad como Unidad Ejecutora, siendo ésta última la que solicitará la asignación de recursos, se encargará del monitoreo y evaluación técnica y fi nanciera correspondiente; teniendo un monto a ejecutar al 2020 de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para el desarrollo del instrumento en sus dos componentes: (i) Capital Semilla para Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto; y , (ii) Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios; Que, asimismo, el 24 de octubre del 2016, la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Ministerio de la Producción y el Secretario Técnico del Grupo de Trabajo del FOMITEC, suscribieron el Convenio de Gestión para la implementación del Instrumento Fomento de Capital de Riesgo de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto, teniendo un monto a ejecutar hasta el año 2025 de S/ 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza para el presente año fi scal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias fi nancieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; señalando que los mismos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia u otorgamiento, según corresponda; conforme a lo dispuesto en la citada Disposición Complementaria Final; asimismo, señala que el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del Ministerio de la Producción de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 176-2018-EF, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 11 279 157,00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) a favor del pliego 038: Ministerio de la Producción, para fi nanciar 76 proyectos nuevos de Emprendedores Innovadores, 21 proyectos nuevos de Emprendimiento Dinámico y de Alto Impacto, 01 proyecto nuevo de Fortalecimiento de Incubadoras, 01 capacitación a gerentes de incubadoras o entidades a fi nes, 01 capacitación de inversionistas Ángeles; así como fi nanciar los desembolsos a proyectos de emprendimientos y capital de riesgos de emprendimientos dinámicos y de alto impacto que se encuentran en ejecución y los gastos operativos vinculados a los proyectos, en el marco del FOMITEC. La desagregación de dichos recursos fue aprobada mediante Resolución Ministerial N° 322-2018-PRODUCE; Que, mediante O fi cio N° 338-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite al Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 080-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades vinculadas al Sector Educación, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de S/ 893 738,68 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 68/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados a co fi nanciar los 05 desembolsos para la ejecución de 04 “Proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras y Entidades A fi nes – Incubadoras y Aceleradoras de Negocios” – IAN del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC, precisando que se cuenta con recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias fi nancieras y que los bene fi ciarios de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios respectivos, debidamente suscritos; Que, por Memorando N° 1119-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la O fi cina de General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 318-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de su Ofi cina de Presupuesto emite opinión favorable y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas vinculadas al Sector Educación, hasta por la suma de S/ 893 738,68 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 68/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a co fi nanciar los desembolsos indicados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de entidades públicas vinculadas al Sector Educación, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 893 738,68 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS