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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (30/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 El Peruano / y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras a favor de cuatro (4) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación hasta por la suma de DOSCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 09/100 SOLES (S/ 211 820,09), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 205 295,09 y en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por la suma de S/ 6 525,00, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a co fi nanciar los proyectos citados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de cuatro (4) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de DOSCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 09/100 SOLES (S/ 211 820,09), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 205 295,09 y en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por la suma de S/ 6 525,00, destinadas a co fi nanciar los proyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias fi nancieras, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.Artículo 5.- Acciones AdministrativasLa O fi cina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1686716-2 Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas al Sector Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 369-2018-PRODUCE 29 de agosto de 2018VISTOS: el O fi cio Nº 338-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, el Memorando N° 1119-2018-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 318-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038 Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2018; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, crea el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizándose a dicho Ministerio a conformar un Grupo de Trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, para el diseño e implementación de instrumentos económicos y fi nancieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; asimismo, dispone que los recursos del mencionado Fondo se incorporan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante el Decreto Supremo N° 071-2013- EF, se aprueban las Normas de Implementación y Funcionamiento del FOMITEC, estableciéndose en sus artículos 4 y 7 que el Grupo de Trabajo mencionado en el considerando anterior, contará con una Secretaría