TEXTO PAGINA: 204
204 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 / El Peruano COSTO ESTIMADO POR CARPETA - COSTO FIJO Descripción del FormatoCantidad de Hojas por FormatoCosto x Formato ImpresoTotal Impresión Formato FijoPorcentaje de Participación del CostoCosto del Servicio S/Costo Asignado a Cada FormatoCosto Unitario x FormatoCosto x HojaCosto a Cobrar (1) (2) (3)=(1)*(2)(4)=((3)/ sum(3))(5) (6)=(4)*(5) (7)=(6)/(1) (8)=(2)+(7)(9)=(8) truncado a dos Tapa 44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 44,611.386,373.05 0.1432 0.3268 0.32 Contratapa 44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 6,373.05 0.1432 0.3268 0.32Hoja de Resumen 44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 6,373.05 0.1432 0.3268 0.32 Hoja de Liquidación Predial44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 6,373.05 0.1432 0.3268 0.32 Predio Urbano 44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 6,373.05 0.1432 0.3268 0.32 Foto y Plano 44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 6,373.05 0.1432 0.3268 0.32 Hoja de Liquidación de Arbitrios44,501 0.1836 8,170.38 14.29% 6,373.05 0.1432 0.3268 0.32 311,507 1.2852 57,192.69 100.00% 1.0024 2.24 El cálculo del costo unitario se ha determinado de la siguiente manera: Para la parte permanente o fi ja de la cuponera, que contienen la Carpeta, los formatos HR-Hoja resumen, PU-Predio Urbano, HLP-Hoja liquidación impuesto predial, HLA-Hoja liquidación arbitrios e IMG-Plano y Foto. Para la parte variable de la cuponera, que contiene los formatos HR-Hoja de Resumen (formato adicional por cada múltiplo de 15 propiedades del contribuyente, esto debido a la cantidad de líneas que presenta el formato), PU-Predio Urbano (por cada predio adicional), HLA-Hoja de Liquidación de Arbitrios (excepto para las azoteas, tendales, estacionamientos y depósitos, y todos aquellos exentos de dicho cálculo) e IMG-Plano y Foto por predio (excepto para las azoteas, tendales, estacionamientos y depósitos). Sin embargo si el contribuyente presentara predios adicionales debemos tener en cuenta que se adicionará a dicho costo: Para el caso de los HR, ya que el formato solo cuenta con 15 fi las, se aplicará el máximo entero al dividir la cantidad de predios entre 15 menos 1 por el valor de formato HR, debido a que la primera hoja de resumen ya lo FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES