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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 188

188 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de diciembre de 2018 / El Peruano participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la plani fi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. Que, con fecha 23 de Noviembre del 2015, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar, que tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad; a través de mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos. Que la Ley Nº 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, crea el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, tiene como uno de sus componentes la Instancia Distrital de Concertación. El Sistema Nacional es el encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fi n de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación. Que, el artículo 39º de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, precisa que la Instancia Distrital de Concertación tiene como responsabilidad, elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital. Que el Reglamento de la Ley 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, aprobado por Decreto Supremo Nº009-2016-MIMP del 27 de julio de 2016, en su artículo 109º señala que la Instancia Distrital de Concertación se crea mediante ordenanza y que las instituciones que la integran son representadas por su máxima autoridad. Que el Reglamento de la Ley 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, aprobado por Decreto Supremo Nº009-2016-MIMP del 27 de julio de 2016, en su artículo 110º señala las funciones de la Instancia Distrital de Concertación. Que, la Ley Nº 28983 – Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece en su artículo 6º inciso c) dispone que los tres niveles de gobierno deben desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos los espacios, en especial el ejercido contra las mujeres. Que, el Plan Nacional de Igualdad de Género 2012- 2017, aprobado por Decreto Supremo Nº 004–2012–MIMP, establece en su Objetivo Estratégico 6: Reducir la violencia de género en sus diferentes expresiones. Que, con Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, publicado el 27 de julio de 2016, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30364, establece que los Gobiernos Distritales, mediante una ordenanza, disponen la creación de la Instancia Distrital de Concertación; la cual compone e integra el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fi n de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación.Que, el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016 - 2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2016-MIMP del 26 de julio de 2016, se plantea como misión que “Desde el Estado se adoptan e implementan políticas públicas integrales para la prevención, atención, protección, rehabilitación de las personas afectadas y la sanción, reeducación de las personas agresoras, que transversalizan los enfoques de género, derechos humanos, intercultural, de integralidad, de interseccionalidad y generacional, en el sistema educativo formal, y en las familias, para la prevención de la violencia de género; en la prestación de servicios públicos de calidad, a nivel intersectorial, interinstitucional e intergubernamental y en el sistema de justicia, para facilitar el acceso oportuno a una justicia efectiva que garantice el derecho a una vida libre de violencia. Que, el 22 de Enero del 2013, con Resolución de Alcaldía Nº 072-2013-A/MDC, se reconoce a la Mesa Distrital de Prevención de la Violencia Hacia la Mujer, Familiar y Sexual, por Bienestar con Equidad en Carabayllo, como instancia de concertación en el que participan el Gobierno local, instituciones públicas y privadas, organizaciones de mujeres, OSBs, ONGs y sociedad civil que trabaja el tema en Carabayllo, para elaborar el Plan Distrital de Prevención de Violencia, así como vigilar que se garantice su cumplimiento en aras de reducir y buscar erradicar la violencia familiar y sexual hacia la mujer e integrantes del grupo familiar, a través de la ejecución e implementación de políticas, estrategias de promoción y prevención. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 301-2014-A/ MDC, se aprobó el Plan Distrital de Atención y Prevención de la Violencia Hacia la Mujer, Familiar y Sexual de Carabayllo 2012 – 2021, con el objetivo de garantizar la adopción e implementación de políticas públicas locales orientadas a enfrentar el problema de violencia de género, garantizar el acceso de las mujeres e integrantes del grupo familiar en situación de violencia a los servicios públicos de atención, protección, recuperación, sanción y reeducación, de forma oportuna con calidad y calidez e identi fi car y promover acciones de prevención y transformación de patrones socioculturales que legitiman, toleran y exacerban y reproducen las relaciones de poder y de la violencia de género. Elaborado de manera participativa y concertada entre la Municipalidad de Carabayllo y las instituciones públicas, organizaciones sociales, organizaciones de mujeres y organizaciones no gubernamentales que integran la Mesa Distrital de Prevención a la Violencia hacia la Mujer, Familiar y Sexual, por Bienestar con Equidad en Carabayllo (Que según lo establece la Ley se hará la transición a la Instancia Local de Concertación). Que, la Ordenanza Municipal Nº 190-2010-A/MDC. Acorde a la Ley de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres propone transversalizar el enfoque de género y erradicar la violencia familiar y sexual, declarando Tolerancia Cero frente a la Violencia Familiar. Que, la Ordenanza Municipal Nº 382-2017-MDC. Dispone institucionalizar y aprobar lineamientos técnicos para transversalizar el enfoque de género en las políticas y gestión local y crear una Comisión para la igualdad de género en la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Que, la Ordenanza Municipal Nº 312-2014-MDC que aprueba el Plan de Acción Local por la Infancia y la Adolescencia 2014-2021 del Distrito de Carabayllo, tiene como objetivo garantizar la adopción e implementación de políticas públicas locales orientadas a trabajar en la protección de niños, niñas y adolescentes y en su Objetivo estratégico Nº4 plantea reducir el índice de violencia escolar, familiar y sexual. Que, mediante Informe Nº808-2018-GMDH/MDC, de fecha 19 de octubre del 2018 la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano solicita el reconocimiento de la ORDENANZA DISTRITAL QUE APRUEBA EL RECONOCIMIENTO DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN, SANCION Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO HACIA LAS MUJERES, NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN CARABAYLLO, antes Mesa Distrital de Prevención de la Violencia Hacia la Mujer, Familiar y Sexual por Bienestar