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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (20/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 20 de diciembre de 2018 El Peruano / Inconstitucionalmente Cesados–UTEIC y la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo” y déjese sin efecto el mencionado grupo de trabajo y su objeto. Artículo 2.- De la publicación Dispóngase que la presente resolución viceministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ITALO MÓRTOLA FLORES Viceministro de Trabajo 1725173-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.D. N° 119-2018-MTC/12, que renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de Air Canadá RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 930-2018-MTC/12 Lima, 13 de noviembre del 2018VISTO: La solicitud de AIR CANADA sobre Modi fi cación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 119-2018- MTC/12 del 31 de enero de 2018, se renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de AIR CANADA, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 30 de marzo de 2018, vigente hasta el 30 de marzo de 2022; Que, con documento de Registro N° T-268208-2018 del 01 de octubre de 2018, AIR CANADA solicitó la modi fi cación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, a fi n de modi fi car las rutas y frecuencias a operar; Que, el Gobierno de Canadá ha designado a AIR CANADA para operar el Servicio de Transporte Aéreo Comercial Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del literal g) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo; Que, según lo establecido en el artículo 177° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, la modi fi cación de los permisos de operación se concede por Resolución Directoral de acuerdo a los procedimientos establecidos por la DGAC; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modi fi catorias; Que, según los términos del Memorando N° 1614-2018- MTC/12.LEG, Memorando N° 107-2018-MTC/12.POA, Informe N° 207-2018-MTC/12.07.AUT e Informe Nº 1039-2018-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modi fi catorias, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento, demás disposiciones legales vigentes y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car -en el extremo pertinente- el Artículo 1 de la Resolución Directoral N° 119-2018-MTC/12 del 31 de enero de 2018, que renovó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo de AIR CANADA, de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales entre Perú y Canadá, en los siguientes términos: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - TORONTO - LIMA Y VV. Y/O TORONTO - LIMA - MONTREAL, hasta siete (07) frecuencias semanales. - MONTREAL - LIMA Y VV. Y/O MONTREAL - LIMA - TORONTO, hasta siete (07) frecuencias semanales. Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 119-2018-MTC/12 del 31 de enero de 2018 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1719896-1 Autorizan a CITV Revisiones Técnicas Vehiculares San Martín de Porres E.I.R.L. como centro de inspección técnica vehicular, para operar línea de inspección en local ubicado en el departamento de Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 5308-2018-MTC/15 Lima, 21 de noviembre de 2018 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-242916-2018, presentada por la empresa CITV REVISIONES TÉCNICAS VEHICULARES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L. – CITV REV TEC SMP E.I.R.L, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares,