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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (20/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 20 de diciembre de 2018 / El Peruano ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Aprueban el Reglamento Interno de los/ las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 034-2018-BNP-GG Lima, 19 de diciembre de 2018VISTOS: el Informe N° 572-2018-BNP-GG-OA-ERH de fecha 04 de diciembre de 2018, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; el Informe N° 293-2018-BNP-GG-OA de fecha 04 de diciembre de 2018, de la O fi cina de Administración; el Informe Técnico N° 014-2018-BNP-GG-OPP-EMO de fecha 06 de diciembre de 2018, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 978-2018-BNP-GG-OPP de fecha 07 de diciembre de 2018, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 287-2018-BNP-GG-OAJ de fecha 17 de diciembre de 2018, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone sobre el régimen jurídico y autonomía de la entidad, lo siguiente: “La Biblioteca Nacional del Perú tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y fi nanciera y ajusta su actuación a lo dispuesto en la presente ley y a la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y normas aplicables que regulan el sector cultura”; Que, el numeral 1.2.1 del inciso 1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos de administración interna de las entidades, los “destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan”; Que, el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece lo siguiente: “Todas las entidades públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS. Dicho documento tiene como fi nalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento”; además, precisa las disposiciones mínimas que debe contener; Que, en esa línea, el Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS es el instrumento de gestión único que establece las condiciones en las que se desarrolla el servicio civil en la entidad pública, el mismo que resulta aplicable a todos los servidores civiles de la misma, de los Decretos Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; Que mediante Resolución Directoral Nacional N° 078- 2008-BNP se aprobó el Reglamento Interno de Trabajo de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, posteriormente, con fecha 11 de enero de 2018, se publicó en el Diario O fi cial el Peruano el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2018-MC, el cual establece una nueva estructura organizacional. Asimismo, la primera Disposición Complementaria Final de dicho Decreto Supremo, estableció que la entidad está facultada para emitir las disposiciones complementarias que resulten necesarias; así como, adecuar sus documentos de gestión a la estructura organizacional vigente; Que, en esa línea, mediante Informe N° 293-2018-BNP- GG-OA de fecha 04 de diciembre de 2018, la O fi cina de Administración hizo suyo y remitió a la Gerencia General el Informe N° 572-2018-BNP-GG-OA-ERH y propuso se apruebe el Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú, señalando entre otros aspectos, lo siguiente “(…) corresponde aprobar un nuevo Reglamento que permita la interrelación entre la Entidad y los servidores civiles (…).”; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorando N° 978-2018-BNP-GG-OPP de fecha 07 de diciembre de 2018, remitió a la O fi cina de Asesoría Jurídica el Informe Técnico N° 014-2018-BNP-GG-OPP-EMO de su Equipo de Trabajo de Modernización, con el cual emitió opinión favorable a la propuesta de Reglamento mencionada precedentemente, precisando que el “(…) Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles (…), es un documento normativo de orden interno y laboral, que contiene las disposiciones básicas a las que se sujetan los/las servidores/as de la Biblioteca Nacional del Perú. (…)”; Que, de acuerdo al literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, con el Informe Legal N° 287-2018-BNP-GG-OAJ de fecha 17 de diciembre de 2018, la O fi cina de Asesoría Jurídica señaló que la propuesta de Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú contiene las disposiciones mínimas establecidas en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 30057; por lo que, resulta viable su aprobación; Con el visado de la O fi cina de Administración, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, del Equipo de Trabajo de Modernización de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civiles de la Biblioteca Nacional del Perú, de catorce (14) Capítulos, setenta y un (71) artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias y dos (02) Disposiciones Finales, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER que el Reglamento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución entrará en vigencia el 01 de enero del año 2019, para lo cual la Ofi cina de Administración debe realizar las acciones necesarias para su implementación. Artículo 3.- DISPONER que la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución y su Anexo en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe) el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMMA ANA MARÍA LEÓN VELARDE AMÉZAGA Gerenta General 1724772-1