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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (20/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 20 de diciembre de 2018 / El Peruano Nº SNIP CUI NOMBRE DEL PROYECTO EPS MONTO (S/) 3 244802 2189060INSTALACION DEL SERVICIO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL CIRCUITO DEL RESERVORIO N-38, DEL CONO NORTE, DISTRITO DE YURA - AREQUIPA - AREQUIPA - II ETAPASERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA S.A. - SEDAPAR S.A.67,108.00 4 319188 2270946MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CREACION DE LOS SERVICIOS DE DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS Y LETRINAS EN LOS BARRIOS DE HUARISCA, LA LIBERTAD ALTA Y BARRIO CENTRO, DISTRITO DE HUACRAPUQUIO - HUANCAYO - JUNINEMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL DE HUANCAYO S.A. - SEDAM HUANCAYO S.A.76,923.00 5 49905 2166996CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGUE DE PUERTO BERMUDEZENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SELVA CENTRAL S.A. - EPS SELVA CENTRAL S.A.352,436.00 6 111161 2156117INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN SECTORES VIRGEN DEL SOCORRO, VICTOR RAUL, SOL NACIENTE Y ALEDAÑOS - DISTRITOS LA ESPERANZA Y HUANCHACO - TRUJILLO - LA LIBERTAD, DISTRITO DE LA ESPERANZA - TRUJILLO - LA LIBERTADSERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LIBERTAD S.A. - SEDALIB S.A.1,908,995.00 TOTAL 3,408,207.00 1725035-1 Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EMPSSAPAL S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2018-VIVIENDA Lima, 18 de diciembre del 2018CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el inciso v) del literal a) del párrafo 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el párrafo 15.2 del mencionado artículo se realiza mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la que será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperatión – JBIC, hasta por la suma de SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES (¥ 7 636 000 000,00), para fi nanciar parcialmente el Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo Nº PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000; Que, el Anexo 1 del citado Convenio de Préstamo, establece que la “Unidad Ejecutora”, encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado – PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 004-2002-VIVIENDA, que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA, ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA; además, el citado anexo, precisa que la “Agencia de Implementación” encargada de la implementación del mejoramiento del sistema de abastecimiento de agua y alcantarillado en Sicuani, es la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EMPSSAPAL S.A.; Que, el Convenio de Cooperación Financiera entre el MVCS y EMPSSAPAL S.A., para el Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la ciudad de Sicuani”, de fecha 31 de octubre del 2012, establece que el MVCS, fi nanciará recursos hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 68/100 SOLES (S/ 49 602 317,68), para la ejecución de las obras de los Lotes 4 y 5 del Proyecto antes mencionado; en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29, a favor de EMPSSAPAL S.A., cuyo desembolso se realizará a través del PNSU, con cargo a los recursos previstos en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, con la Adenda Nº 01 al mencionado Convenio de Cooperación Financiera, de fecha 22 de setiembre del 2014, se establece que el MVCS, fi nanciará recursos adicionales a favor de EMPSSAPAL S.A., hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 04/100 SOLES (S/ 19 163 896,04), con cargo a la