Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2018 (23/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de diciembre de 2018 /

El Peruano

normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...) s. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley". Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 4 se establece el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental a obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la formulación, aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública, en todos sus niveles de gobierno. Que, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidad. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252 se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2017, se prueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 055-2014-CR/ GOB.REG.TACNA aprobada con fecha 29 de octubre de 2014 el Pleno del Consejo Regional de Tacna dispuso: "(...) Artículo PRIMERO: APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, el cual consta de once (11) Títulos, nueve (09) Capítulos, doscientos treinta y siete (237) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Finales y EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL, que en anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2015-CR/ GOB.REG.TACNA aprobada con fecha 30 de octubre de 2015 el Pleno del Consejo Regional de Tacna dispuso: "(...) Artículo PRIMERO: MODIFICAR los artículos 49 y 54 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 055-2014-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de diciembre del 2014, (...)". Que, mediante Oficio Nº 498-2017-GR/GOB.REG. TACNA., de fecha 02 de agosto de 2017, remitido por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna, se solicita la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, con el Oficio Nº 200-2017-GGR-OPMI/GOB. REG.TACNA., de fecha 09 de junio de 2017 emitido por la Oficina Ejecutiva de Programación e Inversiones que remite en Informe Nº 013-2017-LHHG-OPMI-GGR/GOB. REG.TACNA de fecha 08 de junio del 2017; el Oficio Nº 1378-2017-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA., de fecha 07 de julio de 2017, emitido por la Gerencia Regional Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que remite en Informe Nº 107-2017-GRPPATSGDO/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de julio del 2017 y el Informe Nº 612-2017-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 23 de mayo del 2017; el Oficio Nº 2477-2017-GRI/ GOB.REG.TACNA., de fecha 13 de julio de 2017, emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura que remite el Informe Nº 292-2017-GRI-SGE/GOB.REG.TACNA de fecha 12 de junio del 2017; el Oficio Nº 1500-2017-SGDOGRPPAT/GOB.REG.TACNA., de fecha 20 de julio de 2017, emitido por la Gerencia Regional Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que remite el

Informe Nº 110-2017-GRPPAT-SGDO/GOB.REG.TACNA de fecha 20 de julio del 2017; el Informe Nº 957-2017ORAJ/GOB.REG.TACNA., de fecha 24 de julio de 2017, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 018-2017-COPPyATCR de fecha 29 de noviembre de 2017, sobre: "MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero de 2018. Que, teniendo en cuenta los informes favorables que sustentan el pedido de aprobación de la Modificación Parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna y lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se hace necesaria la modificación de las funciones de algunos órganos de nuestra entidad; por lo que, que corresponde la aprobación de la modificación solicitada mediante Ordenanza Regional por parte del Pleno del Consejo Regional de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modificación de los artículos 54, 66, 72, 73, 133, 134 y 159 del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, en los términos siguientes: "Artículo 54º.- Atribuciones del Gobernador Regional. El Gobernador Regional, tiene las siguientes atribuciones: (...) bb) Aprobar el Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional. cc) Presentar a la Dirección Gerencial de Programación Multianual de inversiones, el PMI aprobado. dd) Aprobar las brechas identificadas a los criterios para la priorización de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración del PMI. ee) Autorizar la ejecución de las inversiones del Gobierno Regional. ff) Delegar en el Gerente General Regional y otros funcionarios las atribuciones y facultades para promover la marcha administrativa del Gobierno Regional, que no sean privativas de su función. gg) Las demás que le señale la ley. Artículo 66º.- Funciones La Gerencia General Regional, cumple las siguientes funciones: (...) d) Velar por el cumplimiento de la ejecución de proyectos contenidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y la Programación Multianual de Inversiones". (...). Artículo 72º.- La Unidad Formuladora. La Unidad Formuladora es un órgano funcional sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con las responsabilidad de realizar las

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