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46 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 / El Peruano fi nalidad de brindar un servicio de calidad, con fi able y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, el literal c) del artículo 3 del citado Decreto Supremo señala que las transferencias fi nancieras a las que se re fi ere dicho Decreto Supremo están destinadas a fi nanciar proyectos respecto a la infraestructura existente de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE o ADINELSA pudiendo fi nanciar obras de reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora dirigidas a la con fi abilidad, calidad, sostenibilidad y capacidad de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER); asimismo, en concordancia con el artículo 4 del mencionado Decreto Supremo, las empresas concesionarias de distribución eléctricas vinculadas al ámbito de FONAFE y ADINELSA deberán presentar la solicitud respectiva a la Dirección General de Electri fi cación Rural adjuntando, la identi fi cación del solicitante, incluyendo domicilio legal y partida registral de inscripción, así como, una vigencia de poder del representante legal con una antigüedad no mayor a 30 días calendario; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del citado Decreto Supremo, la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable acerca de la transferencia de recursos previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes; Que, mediante carta SEAL-GG-0361-2018 recibida el 26 de octubre de 2018, la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. solicita a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas el fi nanciamiento para la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de la Línea Primaria en 22.9 KV desde la M.C.H. Huancarama – M.C.H. Orcopampa – M.C.H. Chococo, Provincias de Castilla, Condesuyos y La Unión, Región Arequipa”; Que, en el marco de lo señalado en el Memorándum Nº 343-2018-MEM/DGER-JPEI, Memorándum N° 612-2018-MEM/DGER-JEST y su Informe N° 481-2018-MEM/DGER-JEST; y, Memorándum N° 0655-2018-MEM/DGER-JAF; y, el Informe N° 040-2018-MEM/DGER-JAL-JGG; la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., por el monto de S/ 1 631 476,00 (Un Millón Seiscientos Treinta y Un Mil Cuatrocientos Setenta y Seis y 00/100 Soles), para el desarrollo del citado Proyecto; Que, de acuerdo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00838-2018-MEM-DGER/JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016 –Ministerio de Energía y Minas; Que, el Ministerio de Energía y Minas y la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., suscriben el Convenio N° 012-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM; De conformidad con lo indicado en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 033- 2015-EM, Decreto Supremo que establece los criterios y procedimientos para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de electri fi cación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera hasta por la suma ascendente a S/ 1 631 476,00 (Un Millón Seiscientos Treinta y Un Mil Cuatrocientos Setenta y Seis y 00/100 Soles), correspondiente a la Fuente de Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2018, a favor de la empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, para el desarrollo del proyecto de electri fi cación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electri fi cación RuralPRODUCTO: Acciones ComunesACTIVIDAD: Transferencia a Entidades para Proyectos de Electri fi cación FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos DeterminadosCATEGORÍA DE GASTO: 6 Gastos de Capital GENÉRICA DE GASTO: 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL S/ 1 631 476,00 Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 012-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL Artículo 5.- La empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, debe informar a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas ANEXO A LA R.M. N° 517-2018-MEM/DM CARTERA DE INTERVENCION DE SEAL S.A., PARA FINANCIAMIENTO DE PROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN RURAL N° NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO INVERSION S/. 1 MEJORAMIENTO DE LA LÍNEA PRIMARIA EN 22,9 KV DESDE LA M.C.H. HUANCARAMA- M.C.H. ORCOPAMPA- M.C.H. CHOCOCO, PROVINCIAS DE CASTILLA, CONDESUYOS Y LA UNIÓN, REGIÓN AREQUIPAAREQUIPA 1,631,476.00 TOTAL SEAL S.A. 1,631,476.00 1727060-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 518-2018-MEM/DM Lima, 27 de diciembre de 2018VISTOS: El Memorando N° 0819-2018/MEM-DGER de la Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); el Informe N° 039-2018-MEM/DGER-JAL-JGG de la Jefatura de Asesoría Legal de DGER; el Memorándum N° 0654-2018/MEM-DGER-JAF, del Jefe de Administración y Finanzas de la DGER; el Memorándum N° 634-2018-MEM/DGER-JEST, y, el Informe N° 489-2018-MEM/DGER-JEST de la Jefatura de Estudios de la DGER; el Memorándum N° 349-2018-MEM/DGER-JPEI de la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la DGER; y, el Informe Nº 1300-2018-MEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;