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50 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 / El Peruano Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del citado Decreto Supremo, la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable acerca de la transferencia de recursos previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes; Que, mediante Carta N° G-1483-2018 recibida el 29 de noviembre de 2018, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. solicita a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas el fi nanciamiento para la ejecución del proyecto: “Creación de la Subestación Picota en el Tramo LT 138 KV Bellavista – Picota, Distrito Picota, Provincia Picota, Región San Martín”; Que, en el marco de lo señalado en el Memorándum Nº 400-2018-MEM/DGER-JPEI, Memorándum N° 700-2018-MEM/DGER-JEST y su Informe N° 537-2018-MEM/DGER-JEST; Memorándum N° 723-2018-MEM/DGER-JAF; y, el Informe N° 044-2018-MEM/DGER-JAL-JGG complementado con el Informe N° 050-2018-MEM/DGER-JAL-JGG, la Dirección General de Electri fi cación Rural emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. por el monto de S/ 12´958,810.71 (Doce Millones Novecientos Cincuenta y Ocho Mil Ochocientos Diez y 71/100 Soles) incluido el IGV, para el desarrollo del citado Proyecto; Que, de acuerdo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00885-2018-MEM-DGER/JAF de fecha 11 de diciembre de 2018, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 109 de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas; Que, el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. suscriben el Convenio N° 016-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM; De conformidad con la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley de Electri fi cación Rural, el Decreto Supremo N° 033-2015-EM, que establece los criterios y procedimientos para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de electri fi cación rural de las empresas del ámbito de FONAFE y ADINELSA; y, el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera hasta por la suma ascendente a S/ 12´958,810.71 (Doce Millones Novecientos Cincuenta y Ocho Mil Ochocientos Diez y 71/100 Soles), correspondiente a la Fuente de Financiamiento 109 Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego N° 016 - Ministerio de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2018, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. para el desarrollo del proyecto de electri fi cación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electri fi cación RuralPRODUCTO: Acciones ComunesACTIVIDAD: Transferencia a Entidades para Proyectos de Electri fi cación FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Directamente RecaudadosCATEGORÍA DE GASTO: 6 Gastos de Capital GENÉRICA DE GASTO: 2.4 Donaciones y Transferencia TOTAL S/ 12´958,810.71Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 016-2018-MEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. debe informar a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas ANEXO A LA R.M. N° 534-2018-MEM/DM CARTERA DE INTERVENCIONES DE LA EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, PARA FINANCIAMIENTO DE PROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN RURAL N° NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO INVERSION S/. 1CREACION DE LA SUBESTACION PICOTA EN EL TRAMO LT 138 KV BELLAVISTA-PICOTA, DISTRITO PICOTA, PROVINCIA PICOTA, REGION SAN MARTINSAN MARTIN 12,958,810.71 TOTAL 12,958,810.71 1727013-1 Autorizan transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales de La Libertad, Lambayeque, Cajamarca, Huancavelica, Apurímac e Ica, destinadas al fortalecimiento de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 520-2018-MEM/DM Lima, 27 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 780-2018-MEM/DGFM, de la Dirección General de Formalización Minera; y el Informe N° 1328-2018-MEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autorizó, durante el Año Fiscal 2018, al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de continuar la formalización de la actividad minera a pequeña escala, hasta por el monto de S/ 7 500 000,00 (Siete Millones Quinientos Mil con 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y Minas – Central; y, se autorizan mediante resolución del titular del pliego,