Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2018 (04/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 4 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio, el contrato respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, el Decreto Supremo N° 130-2017-EF, Texto Único Ordenado de la Ley General de Endeudamiento, y el Decreto Supremo N° 033-2006-EF que aprueba el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el Marco de la Ley N° 28568; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébase la contratación de SIDLEY AUSTIN LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York de los Estados Unidos de América, como asesor legal externo, para los fines descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Dicha contratación se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato de locación de servicios que permita implementar lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1602838-1

de fecha 14 de setiembre de 2017, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana MARIELLA JANETTE HUERTA MINAYA, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de i) Cohecho Pasivo Propio, ii) Lavado de Activos, y iii) Colusión, en agravio del Estado peruano (Expediente N° 124-2017); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, en mérito a la regulación antes señalada, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas mediante el Informe Nº 240-2017/COETPC, del 11 de diciembre de 2017, propone acceder a la solicitud de extradición activa de la reclamada para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de i) Cohecho Pasivo Propio, ii) Lavado de Activos, y iii) Colusión; en agravio del Estado peruano; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito el 25 de julio de 2001 y vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana MARIELLA JANETTE HUERTA MINAYA, formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Sala Penal Nacional, y declarada procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de i) Cohecho Pasivo Propio, ii) Lavado de Activos, y iii) Colusión, en agravio del Estado peruano; y, disponer su presentación por vía diplomática al gobierno de los Estados Unidos de América, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas Encargada del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1602949-4 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2018-JUS Lima, 3 de enero de 2018 VISTO; el Informe Nº 249-2017/COE-TPC, del 22 de diciembre de 2017, de la Comisión Oficial de

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y disponen su presentación a los EE.UU., Argentina y Reino de los Países Bajos
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2018-JUS Lima, 3 de enero de 2018 VISTO; el Informe Nº 240-2017/COE-TPC, del 11 de diciembre de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana MARIELLA JANETTE HUERTA MINAYA al gobierno de los Estados Unidos de América, formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Sala Penal Nacional, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de i) Cohecho Pasivo Propio, ii) Lavado de Activos, y iii) Colusión; en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en cumplimiento de la ley y de los tratados; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva

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