Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

78

NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de enero de 2018 /

El Peruano

Cuarta.- Aprobación de planos en aplicación del criterio de unificación de la Nomenclatura Vial Metropolitana: Para los casos de modificación de nomenclatura vial que involucren tramos de vías conformantes del Sistema Vial Metropolitano, que se aprueben o ratifiquen en aplicación al criterio de Unificación de la Nomenclatura Vial Metropolitana, el correspondiente Acuerdo de Concejo Metropolitano u Ordenanza deberá contener además, la aprobación de los planos que determinen y/o acrediten dicha circunstancia. Quinta.- Difusión de los Acuerdos de Concejo Metropolitano y Ordenanzas: Los Acuerdos de Concejo Metropolitano u Ordenanzas, sean éstos de aprobación o de ratificación de asignación o modificación de nomenclatura vial y de áreas de recreación pública, deberán disponer la notificación de los mismos a la SUNARP para su difusión y conocimiento efectivo, sin perjuicio de las demás formas de publicación que dispone la ley. Sexta.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 4 de enero de 2018. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1604067-1

del Rímac, aprobado por Ordenanza Nº 332-MDR y modificatorias, en los siguientes términos: "06.7 Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales Artículo 88º.- La Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales es un órgano de coordinación y gestión integral del manejo y recuperación del Centro Histórico del Rímac. Asimismo, tiene como funciones conducir las actividades orientadas al desarrollo del distrito y de la mejora de la calidad de vida del vecino rimense a través de la promoción de la inversión sostenible y de la concreción de alianzas estratégicas mediante la cooperación técnica para el fortalecimiento institucional. Artículo 89.- Son funciones de la Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales las siguientes: a) Formular y proponer a la Alta Dirección la aprobación de planes y políticas municipales para la protección, conservación, recuperación y desarrollo integral del Centro Histórico del Rímac. b) Ejecutar el Plan de Recuperación y Rescate Patrimonial, para el Manejo del Centro Histórico del Rímac, que comprende la zona monumental y las áreas de protección y tratamiento especial, en coordinación con la Gerencia Municipal. c) Coordinar con el Ministerio de Cultura y con las entidades públicas y privadas de la sociedad civil, las acciones contempladas en el Plan de Recuperación y Rescate Patrimonial, para el Manejo del Centro Histórico del Rímac. d) Formular y proponer a la Alta Dirección la aprobación de reglamentos, planes, programas y proyectos de intervención y recuperación urbana, para la conservación y desarrollo integral del Centro Histórico del Rímac, en concordancia con otros documentos de similar naturaleza que la Municipalidad a través de sus órganos y programas hayan desarrollado. e) Proponer modalidades y mecanismos de asociación y de concertación con el sector público y privado, y la promoción de la inversión privada en obras de infraestructura urbana, edificación, mobiliario y otros afines al objeto de la Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales. f) Realizar acciones de coordinación y ejecutar las responsabilidades técnicas que se establezcan en el marco de convenios y/o contratos de cooperación nacional o internacional, vinculados a temas del objeto de la Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales. g) Elaborar estudios y expedientes técnicos para obras o servicios contemplados en el Plan de Recuperación y Rescate Patrimonial para el Manejo del Centro Histórico del Rímac; con el fin de tramitar su financiamiento a través de fuentes locales, nacionales o internacionales. h) Cumplir con la política municipal y nacional en materia de protección y conservación del patrimonio cultural, material e inmaterial, en coordinación con los órganos competentes de la Municipalidad Distrital del Rímac. i) Evaluar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de uso del Centro Histórico del Rímac, por parte de las entidades del sector público y privado, comunicando a los órganos competentes para las acciones de control y fiscalización respectivas. j) Recomendar y sugerir acciones legales al Procurador Municipal para que en coordinación con el Ministerio de Cultura, inicien las acciones administrativas, civiles, constitucionales y/o penales correspondientes, en los casos de incumplimiento de las políticas y, normas municipales y nacionales sobre protección y conservación del patrimonio monumental. k) Fomentar la investigación y la educación en materia de patrimonio cultural, así como la formación de profesionales y especialistas en conservación, restauración y otras técnicas de puesta en valor del patrimonio cultural, material e inmaterial. l) Estimular la participación social, a través de programas de sensibilización, para lograr la legitimidad y

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 523-2017-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de diciembre de 2017; con el voto mayoritario del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITAL DEL RÍMAC CREANDO LA GERENCIA DEL CENTRO HISTÓRICO DEL RÍMAC Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Y LA SUBGERENCIA ESCUELA TALLER DEL RÍMAC Artículo Primero.- Aprobar la desactivación del Programa de Recuperación del Centro Histórico del Rímac y de la Gerencia de Gestión Urbana y Relaciones Interinstitucionales. Artículo Segundo.- Derogar los artículos 32, 32-A, 33, 33-A y 92 de la Ordenanza Nº 332-MDR, Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Tercero.- Aprobar la creación de la Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales. Artículo Cuarto.- Aprobar la creación de la Subgerencia Escuela Taller del Rímac que dependerá de la Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales. Artículo Quinto.- Modificar el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.