Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Miércoles 10 de enero de 2018 /

El Peruano

las normas acotadas, resulta procedente el dictar las disposiciones pertinentes; a fin de realizar el proceso de revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales en esta Corte Superior de Justicia, aplicando en forma extensiva lo establecido por el literal d) del artículo 8° del Reglamento de Peritos Judiciales; Por lo expuesto, en mérito a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la Revalidación de la Inscripción de los señores Peritos Judiciales para el Año Judicial 2018, que se encuentran en la Nómina de Peritos Judiciales aprobada por Resolución Administrativa Nº 751-2016-P-CSJLI-PJ, con excepción de los peritos no inscritos en el REPEJ 2016-2017. Artículo Segundo.- DISPONER que la presentación de solicitudes para la Revalidación de la Inscripción de los señores Peritos Judiciales para el año Judicial 2018 se realizará ante la Mesa de Partes de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, desde el 15 al 24 de enero de 2018, siendo el plazo improrrogable. Artículo Tercero.- DISPONER que para la revalidación de inscripción de Peritos todos los Profesionales Colegiados inscritos en la actual Nómina de Peritos Judiciales de esta Corte, además de cumplir con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Poder Judicial deberán presentar la constancia de habilitación expedida por su respectivo Colegio Profesional, exceptuándose de dicho requisito a los Especialistas no agremiados. Artículo Cuarto.- PRECISAR que sólo serán designados para actuar como Peritos Judiciales en el presente ejercicio 2018, aquellos profesionales y/o especialistas que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, para lo cual se aprobará y publicará la nómina correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Servicios Judiciales a través del Área de Servicios Judiciales, de manera adicional oficie a los Colegios Profesionales para hacer de conocimiento de sus agremiados, las disposiciones del proceso de revalidación; y, en el caso de las demás especialidades realizar la comunicación a través del correo electrónico registrado ante el Área de Servicios Judiciales. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Unidad de Servicios Judiciales coordine con la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión de la presente resolución administrativa a través de la página web y del correo institucional y de las redes sociales oficiales. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General comunicar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, del Jefe del Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital y del Área de Servicios Judiciales y Recaudación para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1604554-1

La Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, estableciendo en el artículo 13° de la referida norma, que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como supervisar y evaluar su ejecución. Segundo.- Los artículos 15° y 16° de la precitada ley, establecen que tanto el Comité Provincial como los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, serán integrados entre otros por un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de la jurisdicción. Tercero.- Estando a lo expuesto, para el presente año judicial, resulta pertinente dictar la resolución administrativa correspondiente ratificándoseles en los encargos asignados en adición a sus funciones, a los representantes de esta Corte Superior de Justicia, ante los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana y de la Provincia de Huarochirí, así como a los Magistrados que despachan en diversos Órganos Jurisdiccionales como Representantes ante los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana y designándose a la magistrada del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Molina y Cieneguilla, como representante ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla. Por las consideraciones expuestas, en uso de sus facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; se, RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR al Señor Doctor Alfonso Ricardo Cornejo Alpaca, como representante de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, ante el Comité de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana. Artículo Segundo.- RATIFICAR al Señor Doctor Máximo Dionicio Osorio Arce, como representante de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Huarochirí. Artículo Tercero.- RATIFICAR como Representantes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este ante los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC), a los Magistrados que despachan los siguientes órganos jurisdiccionales: 1) Tercer Juzgado de Paz Letrado de la Molina y Cieneguilla, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de la Molina. 2) Juzgado Penal de El Agustino, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de El Agustino. 3) Primer Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Juan de Lurigancho. 4) Juzgado de Paz Letrado de Matucana. Comité Distrital de Seguridad Ciudadana Matucana. de

Ratifican y Designan representantes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 017-2018-P-CSJLE/PJ Ate, 5 de enero de 2018

5) Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho ­ Chosica y Chaclacayo, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho - Chosica.

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