Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 10 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
ANEXO RESOLUCIÓN SBS Nº 025-2018
Autorización Tipo Denomi- Res. SBS nación de Apertura Bolsa de Valores 289-97 Dirección Jirón Antonio Miró Quesada Nº 217 Distrito Provincia Lima Lima

73

RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. el cierre de una oficina y la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, de acuerdo al detalle consignado en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 4826-2017 Movimiento de oficinas en la modalidad de agencia 1604619-1 Movimiento Cierre Tipo Depar- Protamento vincia Lima Lima Distrito San Juan de Lurigancho Dirección Mz. H4, Lote 19-D, AAHH José Carlos Mariátegui Av. Wiesse Paradero 5 ½ y 6 de Mariscal Cáceres Mz. G8-Lt. 39

Departamento Lima

Cierre Agencia

Avenida Túpac Amaru, cuadra Centro 16, esquina Cierre Agencia Comercial 1563-2012 con Calle 18 de Metro UNI Enero, Local 1104

Rímac

Lima

Lima

GOBIERNOS REGIONALES

Agencia

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Agricultura
ORDENANZA REGIONAL Nº 422-2017-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 23 de noviembre del 2017.

Apertura Agencia

Lima

Lima

San Juan de Lurigancho

1604144-1

Autorizan a Scotiabank Perú el cierre de agencias en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 025-2018 Lima, 4 de enero de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú (en adelante, el Banco) para que se le autorice el cierre de dos (02) agencias, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos - Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, Resolución Administrativa Nº 240-2013 y Memorando Nº 758-2017-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Scotiabank Perú el cierre de dos (02) agencias, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.)

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado el día veintiuno de Noviembre de dos mil diecisiete, el Pleno del Consejo ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El DICTAMEN Nº 015-2017-GRP-CR/CPPAT de fecha 18 de noviembre de dos mil diecisiete, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales Emanan de la voluntad popular, y son personas jurídicas de derecho público con autonomía Política, Económica y Administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas y delegadas en el marco de las políticas Nacionales y Sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Conforme lo expresan los artículos 2º,4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley orgánica de Gobiernos Regionales, sus Normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorial, legalidad y de Simplicidad Administrativa; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.