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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2018 (12/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 12 de enero de 2018 El Peruano / CUL TURA Modificar la R.M. N° 004-2018-MC mediante la cual se autorizó viaje de profesionales del IRTP a Italia y Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2018-MC Lima, 11 de enero de 2018VISTO, el O fi cio N° 006-2018-GG/IRTP del Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante Decreto Supremo N° 061-2016-PCM; cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 004-2018- MC de fecha 4 de enero de 2018, se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los señores Fátima Roxana Saldonid Westres y Miguel Ángel Huamán Loaiza, profesionales de las Gerencias de Televisión y Prensa del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, respectivamente, a la República Italiana y a la República de Chile , del 11 al 23 de enero del 2018, a fi n de realizar la cobertura informativa - periodística durante el recorrido del viaje apostólico del Sumo Pontí fi ce Papa Francisco al Perú; Que, el cuarto considerando de la citada resolución, precisa que el viaje a la República de Chile se efectuará en el avión que trasladará al Sumo Pontí fi ce, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos a la República Italiana y los viáticos de la comisión de servicios bajo comentario serán cubiertos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, al respecto, mediante el documento de Visto, el IRTP informa que el costo para abordar el avión que trasladará al Sumo Pontí fi ce asciende a € 5 667.00 (Cinco mil seiscientos sesenta y siete con 00/100 euros) incluido impuestos, cuyo recorrido será de ida y retorno a la República Italiana, transitando por las Repúblicas de Chile y Perú; motivo por el cual, solicita se amplíe la autorización del citado viaje, a fi n que los comisionados puedan abordar el vuelo papal y realizar la cobertura informativa – periodística correspondiente; Que, por las consideraciones expuestas, corresponde modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 004- 2018-MC, relativo a los gastos que irrogue la comisión de servicios autorizada por Resolución Ministerial N° 004-2018-MC, la misma que será cubierta con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 004-2018-MC, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (Lima – Roma – Lima) (incluido TUUA) x 2 US$ 3 482,02Viáticos: (US$ 540.00 x 8 días) x 2 US$ 8 640,00Viáticos: (US$ 370.00 x 4 días) x 2 US$ 2 960,00 --------------------- TOTAL: US$ 15 082,02 Pasajes aéreos (Roma – Chile – Perú – Roma) (Incluido TUUA) x 2 € 11 334,00 -------------------- T®OTAL: € 11 334,00” Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura 1605746-1 EDUCACION Aprueban Norma que regula el procedimiento para el destaque de profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2018-MINEDU Lima, 11 de enero de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0087227-2017, los Informes Nº 333-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN, Nº 397-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y Nº 791-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 1253-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación de fi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el destaque es la acción de personal que autoriza el desplazamiento temporal de un profesor a otra instancia a pedido de esta, debidamente fundamentado, para desempeñar funciones en la entidad de destino; Que, el numeral 171.1 del artículo 171 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el destaque es el desplazamiento temporal y excepcional de un profesor nombrado a una plaza vacante presupuestada de la misma