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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2018 (20/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 20 de enero de 2018 / El Peruano MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modi fi catorias establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal mediante Ordenanza N° 372-MSI y sus modi fi catorias, aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro, rati fi cada con Acuerdo de Concejo N° 2438-MML, ambas publicadas con fecha 25 de diciembre de 2014; Que, mediante Ordenanza N° 451-MSI publicada el 12 de abril de 2017 y modi fi catorias, se aprobó y entró en vigencia el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Ley N° 26842, Ley General de Salud se establece en su artículo 13° que “Ninguna autoridad pública podrá exigir a las personas la certi fi cación de su estado de salud, carné sanitario, carné de salud o documento similar, como condición para el ejercicio de actividades profesionales, de producción, comercio o a fi nes”; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, se modi fi can la numeración y orden de las disposiciones legales señaladas en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1353, se crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalecer el régimen de protección de datos personales y la regulación de la gestión de intereses; Que, mediante Decreto Supremo N° 380-2017-EF, se aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2018, como índice de referencia en normas tributarias cuyo monto será de Cuatro Mil Ciento Cincuenta y 00/100 soles (S/ 4,150.00); Que, resulta necesario modi fi car el TUPA en base a la nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones; así como a la normativa vigente; Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo de acuerdo a lo señalado por la Subgerencia de Desarrollo Corporativo conforme se aprecia de los documentos del visto, propone la modi fi cación del TUPA aprobado mediante Ordenanza N° 372-MSI y modi fi catorias, en relación a la adecuación al nuevo Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Isidro; la creación del Tribunal de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública como última instancia administrativa del procedimiento administrativo de Facilidades de Acceso a la información de la MSI; el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2018; y, las modi fi caciones a los formularios de distribución gratuita a cargo de la Subgerencia de Obras Públicas y la Subgerencia de Desarrollo Económico; Que, el numeral 43.5 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar en el caso de los Gobiernos Locales, por Decreto de Alcaldía, debiendo publicarse la modi fi cación del TUPA en el portal del Diario O fi cial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE y en el respectivo Portal Institucional, según lo dispuesto en el numeral 43.3 del artículo 43° del TUO de la Ley N° 27444; Que, de conformidad con lo opinado por la Gerencia Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 009-2018-0400-GAJ/MSI; Estando a lo expuesto y de acuerdo a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20°, el artículo 38° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado mediante Ordenanza N° 372-MSI y modi fi catorias, conforme al detalle del Anexo 1, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- MODIFICAR los formularios de distribución gratuita a cargo de las Subgerencia de Obras Públicas y la Subgerencia de Desarrollo Económico; conforme se detallan en el Anexo 2 el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y demás que resulten competentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; y, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro www.munisanisidro.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1607806-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican el Artículo Segundo de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 037-2017-GM/MDSJL RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 338-2017-GM/MDSJL San Juan de Lurigancho, 11 de octubre de 2017VISTO: El Informe Nº 120-2017-GDU/MDSJL de fecha 6 de octubre de 2017, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre modi fi cación de acto administrativo. CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 037-2017-GM/MDSJL de fecha 3 de marzo de 2017, modi fi cado con Resolución de Gerencia Municipal Nº 227- 2017-GM/MDSJL de fecha 12 de julio de 2017, se aprobó la habilitación urbana de o fi cio del predio de 10 160.25 m2, denominado Lote 4 de la Manzana LL de la Urbanización Lotización Campoy – Primera Etapa, ubicado en la Av. A, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, inscrita en la Partida Nº 11047537 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, así como de su Expediente Técnico, memoria descriptiva, planos y cuadros de áreas; Que, del Informe Nº 111-2017-GDU-MDSJL de fecha 14 de septiembre de 2017, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, se evidencia la existencia de discrepancia y omisión de áreas, linderos y medidas perimétricas de lotes y terreno en ciertos instrumentos que forman parte de la habilitación urbana, cuya corrección se efectuó con la elaboración de una nueva memoria descriptiva y planos, los mismos que deben ser aprobados y justi fi can la modi fi cación de la Resolución