Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2018 (22/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Código: F-DSA-P&C-002

NORMAS LEGALES

Jueves 22 de febrero de 2018 /

El Peruano

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Revisión: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONAUTICA - COMPRENDIDOS LOS DÍAS 26 DE FEBRERO AL 01 DE MARZO DE 2018 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0029-2018-MTC/12.04 Y Nº 033-2018-MTC/12.04
ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) US$ 880.00 SOLICITANTE LAN PERU S.A. INSPECTOR PINEDO BASTOS, JOSE ROGER CIUDAD MIAMI PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs.

Fecha: 30.08.10

112-2018-MTC/12.04 26-Feb 1-Mar

ESTADOS Chequeo técnico Inicial como Primer 22700-1004-1005 UNIDOS DE Oficial y Habilitación en el equipo AMERICA A-319/A-320/A-321 en simulador de vuelo a su personal aeronáutico.

1618171-3

Otorgan a Lima Airlines S.A.C. la renovación de permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 038-2018-MTC/12 Lima, 12 de enero del 2018 Vista la solicitud de la empresa LIMA AIRLINES S.A.C., sobre la Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, la empresa LIMA AIRLINES S.A.C. cuenta con el Certificado de Explotador Nº 096 expedido el 16 de abril del 2015 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú ­ RAP 119NE y RAP 135NE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 500-2013MTC/12 del 03 de octubre del 2013 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de noviembre del 2013, se otorgó a la empresa LIMA AIRLINES S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 03 de noviembre del 2013 vigente hasta el 03 de noviembre del 2017; Que, mediante Expediente Nº T-225788-2017 del 29 de agosto del 2017, Documento de Registro Nº E-261837-2017 del 04 de octubre del 2017, Documento de Registro Nº E-284275-2017 del 27 de octubre del 2017 y Documento de Registro Nº E-309424-2017 del 24 de noviembre del 2017 la empresa LIMA AIRLINES S.A.C., solicitó la Renovación bajo los mismos términos y la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar el material aeronáutico y sub-bases de operaciones; Que, según los términos del Memorando Nº 18562017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 1046-2017MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 141-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 189-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 032-2018MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de

Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa LIMA AIRLINES S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 04 de noviembre del 2017, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 500-2013MTC/12 del 03 de octubre del 2013; y la Modificación en el sentido de incrementar el material aeronáutico y sub bases de operaciones. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa LIMA AIRLINES S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico ­ financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial ­ Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Airbus: A319, A320, A321, A330, A380 - Beechcraft B200, B250, B300, B350, B1900D - Boeing 737, 747, 757, 767, 777, 787 - Bombardier CRJ 200 / 700 / 900 / 1000; Challenger 300 / 350 / 604 / 605, Global Express 5000 / 6000 / 7000, Dash 8 Q Series 200 / 300 / 400

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