Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2018 (22/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 22 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES
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de Educación Superior: retos para un futuro próximo" y departir sobre posibles líneas de colaboración en temas de emprendimiento, creación de empresas y trabajo colaborativo con universidades latinoamericanas que son lideradas por la EOI (Escuela de Organización Industrial), a realizarse en la ciudad de Madrid ­ España; Que el viaje del Dr. FELIPE ANTONIO SAN MARTÍN HOWARD no irrogará gasto alguno a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades del Vicerrectorado de Investigación y Posgrado, es necesario encargar dicho Vicerrectorado a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, Vicerrectora Académica de Pregrado y al Dr. ORESTES CACHAY BOZA, con código Nº 010448, Rector de nuestra Casa Superior de Estudios, por los períodos que en cada caso se señala, en tanto dure la ausencia del titular; Que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, que señala: "El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor"; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Autorizar el viaje en Comisión de Servicios del 19 al 24 de febrero del 2018, al Dr. FELIPE ANTONIO SAN MARTIN HOWARD, con código Nº 065285, Vicerrector de Investigación y Posgrado a fin de dar una conferencia sobre "El Sistema Peruano de Educación Superior: retos para un futuro próximo" y departir sobre posibles líneas de colaboración con la mencionada institución en temas de emprendimiento, creación de empresas y trabajo colaborativo con universidades latinoamericanas que son lideradas por la EOI (Escuela de Organización Industrial), a realizarse en la ciudad de Madrid ­ España. 2° Dejar establecido que el viaje del Dr. FELIPE ANTONIO SAN MARTIN HOWARD no irrogará gasto alguno a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 3º Encargar el Vicerrectorado de Investigación y Posgrado a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, Vicerrectora Académica de Pregrado, por el período del 19 al 20 de febrero del 2018 y mientras dure la ausencia del titular. 4º Encargar el Vicerrectorado de Investigación y Posgrado al Dr. ORESTES CACHAY BOZA, con código Nº 010448, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, por el período del 21 al 24 de febrero del 2018 y mientras dure la ausencia del titular. 5º Encargar a la Dirección General de Administración, Oficina General de Recursos Humanos, Vicerrectorado Académico de Pregrado y Vicerrectorado de Investigación y Posgrado, el cumplimiento de la presente resolución rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ORESTES CACHAY BOZA Rector 1618953-1

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica S.A., para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en el Pueblo Joven El Triunfo, Mz. F, Lote 04, Zona A, perteneciente al distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. la apertura de una Agencia ubicada en el Pueblo Joven El Triunfo, Mz. F, Lote 04, Zona A, perteneciente al distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1618632-1

Autorizan inscripción de la empresa Torres Asesores y Corredores de Seguros E.I.R.L. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 543-2018 Lima, 13 de febrero de 2018 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Felipe Alonso Torres Alarcón para que se autorice la inscripción de la empresa TORRES ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección Il: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros de Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 01-2018-CEI celebrada el 16 de enero de 2018, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. la apertura de agencia en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 527-2018 Lima, 12 de febrero de 2018

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