Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

29

Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Mayor EP Alan Harry GARCIA QUISPE, identificado con CIP N° 120845400, DNI N° 43296684, para participar como Instructor de Capitanes de Maniobra en el Instituto de Cooperación y Seguridad Hemisférica (WHINSEC), sito en el Fort Benning, Ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 01 de marzo de 2018 al 22 de febrero de 2020, así como autorizar su salida del país el 28 de febrero de 2018 y su retorno al país el 23 de febrero de 2020. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes: Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación): US$ 6,416.28 x 02 x 01 persona US$ 12,832.56 Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero: US$ 6,416.28 x 10 meses x 01 persona (01mar - 31dic18) US$ 64,162.80 -------------------Total a pagar en Dólares Americanos US$ 76,995.36 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales

del Sector Defensa del Ejército del Perú del año fiscal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal militar designado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1619586-1

Designan representantes del Ministerio para integrar la Comisión Nacional Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales relacionados - CONATIAF, para el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0225-2018-DE/CCFFAA Jesús María, 21 de febrero de 2018 VISTO: El Oficio Nº 308 CCFFAA/OAN/UAM de fecha 30 de enero de 2018, del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1503-2017DE/CCFFAA de fecha 18 de octubre de 2017, se designó con eficacia anticipada a partir del 1 de octubre de 2017, al señor General de Brigada Hugo Antonio CORNEJO Valdivia como Representante Titular y al señor Teniente Coronel EP Gustavo HERNÁNDEZ del Castillo, como Representante Alterno para integrar la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales relacionados ­ CONATIAF, en representación del Ministerio de Defensa; Que, por razones de servicio en la Institución Armada a la que pertenece el personal militar antes mencionado, resulta necesario dar por concluida su designación, de conformidad con lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y designar en su reemplazo al señor Mayor General FAP Marcos Moisés HUAMÁN Corrales como Representante Titular y al señor Coronel EP Víctor Fernando VALERIO Navarro como Representante Alterno para integrar la Comisión Nacional contra la Fabricación y el Tráfico ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados ­ CONATIAF, para el periodo del Año Fiscal 2018, en representación del Ministerio de Defensa; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.