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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2018 (07/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

3 NORMAS LEGALES Sábado 7 de julio de 2018 El Peruano / los O fi cios N° 115-2018-MTPE/1, O fi cio N° 1080-2018- MTC/04 y O fi cio N° 2106-2018-PCM/SG, solicitan el incremento en el límite de gasto por el monto de S/ 3 509 636,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por el monto de S/ 7 598 800,00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), y por el monto de S/ 307 615,00 (TRESCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES), respectivamente; De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, modi fi cado mediante el Decreto Legislativo Nº 1354, y el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 74 846 774,00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), para el fi nanciamiento de intervenciones comprendidas y aprobadas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 74 846 774,00 ——————— TOTAL INGRESOS 74 846 774,00 =========== EGRESOS SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías DescentralizadoPROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte PROYECTO 2425240 : Adquisición de 86 puentes modulares, construcción de puentes modulares, en el departamento de Ancash. Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, la Libertad, Lambayeque, Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 74 846 774,00 ——————- TOTAL EGRESOS 74 846 774,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el Crédito Suplementario, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos habilitados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos habilitados instruye a la Unidad Ejecutora para elaborar las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4. Cronograma Mensualizado de Ejecución de los Recursos El pliego habilitado en el artículo 1 elabora un Cronograma Mensualizado de Ejecución de los recursos que se incorporan mediante esta norma, conforme lo determina la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación fi nanciera. Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Incremento del Límite de Gasto Increméntese el límite del gasto en materia de bienes y servicios conforme a lo establecido en el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establecen medidas de e fi ciencia del gasto público para el impulso económico, para los siguientes pliegos: - Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en S/ 3 509 636,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES). - Pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, en S/ 7 598 800,00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES). - Pliego 016: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios en S/ 307 615,00 (TRESCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES). Los Titulares de los pliegos 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN y 016: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, modi fi can, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la vigencia del Decreto Supremo, las resoluciones emitidas en el marco del párrafo 14.4 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, teniendo en cuenta el incremento del límite de gasto de conformidad con la presente disposición. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de julio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas CHRISTIAN RÓMULO MARTÍN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1667546-2