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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2018 (07/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Sábado 7 de julio de 2018 El Peruano / t) Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento de las acciones que le han sido encomendadas. A tal fi n, el liquidador encargado de la empresa en liquidación, cuenta con todos los poderes necesarios para cumplir las funciones que les corresponden por el sólo hecho de fi rmar los contratos correspondientes, conforme a los artículos 21°, 26°, 27° y 28° del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 455-99, y sus modi fi catorias. u) Emplear las facultades generales y especiales para litigar, contenidas en los artículos 74° y 75° del Código Procesal Civil, gozando estos poderes de las prerrogativas señaladas en el artículo 368º de la Ley N° 26702. Adicionalmente, podrá delegar facultades para el mejor desarrollo de sus actividades. v) Participar en las Audiencias de Conciliación extrajudicial, de acuerdo a la Ley de Conciliación N° 26872, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1070, y su Reglamento, con plenas facultades para conciliar a nombre de la empresa en liquidación, pudiendo delegar estas facultades. w) Las demás que para el mejor cumplimiento de sus funciones estime la Superintendencia. La descripción de las facultades tiene un carácter enunciativo y no limitativo, siendo extensivas a todos los actos que se requieran para ejecutarlas e fi cazmente. La persona encargada del proceso liquidatorio, deberá observar lo dispuesto por el Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 455-99, de fecha 25 de mayo de 1999, así como en sus disposiciones modi fi catorias y complementarias. Artículo Tercero.- Encargar al Superintendente Adjunto de Administración General la suscripción de los correspondientes contratos de locación de servicios con el señor Miguel Angel Pichilingüe Neciosup, como encargado de los procesos liquidatorios del Banco República en Liquidación y del Banco Nuevo Mundo en Liquidación, con cargo a los recursos de las referidas entidades en liquidación. Regístrese, comuníquese, publíquese, y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1667270-1 Circular sobre actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas, correspondiente al trimestre julio - setiembre de 2018 CIRCULAR Nº G-198-2018 Lima, 4 de julio de 2018 ------------------------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre julio - setiembre de 2018 ------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, la Superintendencia dispone mediante la presente norma de carácter general, la actualización trimestral, correspondiente al período julio - setiembre de 2018, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha norma, según se indica a continuación, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone la publicación de la presente circular: Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre julio - setiembre de 2018 (en soles) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (* ) A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 27,072,112 2. Empresas Financieras. 13,614,110 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 13,614,110 4. Caja Municipal de Crédito Popular. 7,260,8595. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME.1,230,716 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público.1,230,716 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 1,230,716 B. Empresas Especializadas 1. Empresas de Capitalización Inmobiliaria. 7,260,859 2. Empresas de Arrendamiento Financiero. 4,429,1243. Empresas de Factoring. 2,461,431 4. Empresas A fi anzadora y de Garantías. 2,461,431 5. Empresas de Servicios Fiduciarios. 2,461,4316. Empresas Administradoras Hipotecarias 4,443,382 C. Bancos de Inversión 27,072,112 D. Empresas de Seguros 1. Empresas que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida).4,922,862 2. Empresas que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida).6,767,121 3. Empresas de Seguros y Reaseguros. 17,228,203 4. Empresas de Reaseguros. 10,461,082 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 4,429,124 2. Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario.18,152,147 3. Empresas Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 1,230,716 4. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico 2,461,431 5. Empresas de Transferencia de Fondos. 1,230,716 (*) Para las empresas supervisadas consideradas en el cuadro anterior, salvo las Empresas Administradoras Hipotecarias y las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, factor de actualización para el trimestre julio 2018 – setiembre 2018 en base a la Variación IPM octubre 1996 – junio 2018: 1.8152147 Para las Empresas Administradoras Hipotecarias, factor de actualización para el trimestre julio 2018 – setiembre 2018 en base a la Variación IPM marzo 2007 – junio 2018: 1.30687701 Para las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico factor de actualización para el trimestre julio 2018 – setiembre 2018 en base a la Variación IPM diciembre 2012 – junio 2018: 1.08503889 Atentamente, SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1666764-1