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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2018 (07/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Sábado 7 de julio de 2018 / El Peruano públicas locales, planes de acción y actividades destinadas a promover el derecho a la salud mental de acuerdo a sus competencias y atribuciones; y a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y la O fi cina de Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho www.munisjl.gob.pe. Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía efectúe las adecuaciones y reglamentación que corresponda para el mejor cumplimiento de la Mesa de Concertación Institucional en Salud Mental en el distrito de San Juan de Lurigancho . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1666733-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 246-2018-MVMT que estableció beneficios tributarios y no tributarios para el pago de deudas pendientes en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2018/MVMT-AL Villa María del Triunfo, 26 de junio de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, el Proveído 821-2018-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 284-2018-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 260-2018-GAT-GM/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 211-2018-SGRFT-GAT/MVMT de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 276-2018-SGFCySAM/GDEL/MVMT de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 246-2018-MVMT, se aprobó el Bene fi cio Tributario y no Tributario para el pago de deudas pendientes en la jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo, para los contribuyentes y/o administrados que mantengan obligaciones pendientes de pago con la Municipalidad, independientemente del estado de cobranza en que se encuentren dichas obligaciones; Que, según la Sétima Disposición Final de la indicada Ordenanza, el Alcalde está facultado para dictar medidas complementarias para su aplicación o para prorrogar el plazo de vigencia de la misma; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 013-2018-MVMT, se decretó aprobar la prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 246-2018-MVMT, que establece bene fi cios tributarios y no tributarios para el pago de deudas pendientes en la jurisdicción de Villa María del Triunfo, hasta el 28 de junio del año 2018; Que, mediante Memorándum Nº 260-2018-GAT- GM/MVMT la Gerencia de Administración Tributaria en atención al Informe Nº 211-2018-SGRFT-GAT/MVMT de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, y Informe Nº 276-2018-SGFCYSAM-GDEL/MVMT de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal, sustenta la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza, considerando que su prórroga permitirá que un mayor número de contribuyentes puedan acceder al bene fi cio otorgado; Que, a través del Informe Nº 284-2018-GAJ-MVMT, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable emitir el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 246-2018-MVMT, por encontrarse acorde con el ordenamiento jurídico vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6) del Artículo 20º, y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 246-2018-MVMT, que establece bene fi cios tributarios y no tributarios para el pago de deudas pendientes en la jurisdicción de Villa María del Triunfo, hasta el 31 de julio del año 2018, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento del presente Decreto de acuerdo a sus funciones, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Procesos su difusión en el Portal Institucional (www.munivmt.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CÉSAR A. INFANZÓN QUISPE Alcalde 1667194-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES Adoptada por la Conferencia Negociadora el 21 de noviembre de 1997 Preámbulo Las Partes, Considerando que el cohecho es un fenómeno generalizado en las transacciones comerciales internacionales, incluidos el comercio y la inversión, que suscita graves preocupaciones morales y políticas, socava el buen gobierno y el desarrollo económico, y distorsiona las condiciones competitivas internacionales; Considerando que todos los países comparten la responsabilidad de combatir el cohecho en las transacciones comerciales internacionales; Teniendo en cuenta la Recomendación Revisada para Combatir el Cohecho en las Transacciones