Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2018 (11/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 11 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Gerencia de Programación e Inversiones, con la nueva denominación: Gerencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 3.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal y las disposiciones contenidas en sus anexos. Artículo 4.- Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial El Peruano y de sus anexos en el Portal Web del citado diario oficial. Asimismo, encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la misma y sus anexos en el Portal Institucional www.municallao. gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe Artículo 5- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 6.- Derógase toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1667694-1 * El ROF se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

las mayores facilidades para su regularización, por lo que promueve la aprobación de una Ordenanza municipal denominada "Felices Fiestas 2018" que tiene como objetivo principal incentivar el cumplimiento tributario permitiendo la formación de una cultura tributaria, otorgando descuentos para todos los ciudadanos que sean contribuyentes en el Cercado del Callao; Que, el Memorando Nº 705-2018-MPC-GGATR del visto la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas remite la exposición de motivos, el Informe Técnico Nº 01-2018-MPC/GGATR y el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias: "Felices Fiestas Patrias 2018", la misma que cuenta con el informe favorable de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación contenida en el Memorando Nº 333-2018-MPC-GGAJC; Que, en el Pleno del Concejo se hicieron una serie de propuestas respecto de los montos de los beneficios a brindar a los administrados, los cuales fueron recogidos en un proyecto sustitutorio que preparó y viso la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el cual así fue votado. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS "FELICES FIESTAS PATRIAS 2018" Artículo 1.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto establecer un régimen de beneficios tributarios y no tributarios en favor de las personas naturales y jurídicas que registren deuda vencida por obligaciones tributarias referidas a Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Multas Administrativas, Fraccionamientos Tributarios y/o Administrativos (multas administrativas) que se encuentren en cobranza ordinaria, coactiva y/o impugnadas. Artículo 2.- VIGENCIA Los beneficios establecidos estarán vigentes durante el periodo comprendido desde el día siguiente a la publicación de la presente ordenanza, hasta el 31 de agosto del 2018, transcurrido dicho plazo se procederá a ejecutar la cobranza del íntegro de las deudas tributarias y multas administrativas. Artículo 3.- ÁMBITO DE LA APLICACIÓN La presente Ordenanza establece en la Jurisdicción del Cercado de la Provincia Constitucional del Callao, un régimen de beneficios a los contribuyentes que mantengan deudas tributarias y no tributarias (multas administrativas), sin distinción de uso del predio y cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, aun cuando se haya interpuesto recurso impugnativo, incluyendo las deudas tributarias generadas por actos de fiscalización tributaria y/o administrativa. DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo 4.- DEL IMPUESTO PREDIAL Los contribuyentes que tengan deuda por concepto de Impuesto Predial, cualquiera sea su estado de cobranza, y cancelen la totalidad del año completo tendrán derecho al 100% de condonación de intereses moratorios y de los gastos de emisión de valor tributario emitido (OP y/o RD). Artículo 5.- DEL IMPUESTO VEHICULAR Los contribuyentes que tengan deuda por concepto de Impuesto Vehicular, cualquiera sea su estado de cobranza, y cancelen la totalidad del año completo, tendrán derecho al cien por ciento (100%) de condonación de intereses moratorios y de los gastos de emisión de valor tributario emitido (OP).

Establecen beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias en el Cercado de la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2018 Callao, 6 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto el Dictamen Nº 34-2017-MPC-CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; y CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, conforme a lo establecido en la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, conforme lo señala el segundo parágrafo del artículo 41 del Código Tributario, excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, actualmente existen obligaciones pendientes de pago de deudas tributarias y no tributarias, las mismas que requieren un tratamiento especial considerando la actual situación económica por la que atraviesa el país; Que, es política de la actual gestión incentivar el pago de las obligaciones generadas por los tributos que la Municipalidad administra, brindando a los contribuyentes

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