Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2018 (22/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de julio de 2018 /

El Peruano

pueblos identificados como indígenas u originarios en el marco de lo dispuesto en el párrafo 2.1 del artículo 2 de la presente norma. SEGUNDA.- Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios La Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios creada por la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), constituye una fuente de información para los distintos niveles de gobierno, en la elaboración y desarrollo de políticas públicas relacionadas con los pueblos indígenas u originarios que habitan en el territorio nacional. TERCERA.- De los pueblos indígenas no reconocidos a través de los mecanismos previstos para la aplicación de la presente normativa Los pueblos indígenas u originarios no reconocidos a través de los mecanismos previstos para la aplicación de la presente normativa ejercen sus derechos colectivos independientemente de que hayan sido identificados y reconocidos. La información contenida en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura no excluye la existencia de otros pueblos que puedan habitar o ejercer sus derechos colectivos en el territorio nacional. CUARTA.- Del reconocimiento de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial La presente norma no es de aplicación en el procedimiento de reconocimiento previsto en la Ley N° 28736, para los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial que habitan en el territorio nacional. QUINTA.- Entrega de información Todos los organismos públicos se encuentran obligados a brindar la información que el Ministerio de Cultura requiera a fin de llevar a cabo la identificación y el reconocimiento de pueblos indígenas u originarios. SEXTA.- Normas complementarias Facúltese al Ministerio de Cultura a expedir las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la aplicación del presente Decreto Legislativo. SETIMA.- Consulta previa Lo dispuesto en el párrafo 2.1 del artículo 2 de la presente norma se ejerce sin perjuicio de lo dispuesto en artículo 10 de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y su reglamento. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1672835-2

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Segunda Vicepresidenta de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N°147-2018-PCM Lima, 20 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa N° 30824 se autoriza al señor Presidente de la República, Martin Alberto Vizcarra Cornejo, para salir del territorio nacional del 23 al 25 de julio de 2018, a la ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco, Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de participar en la XIII Cumbre de la Alianza del Pacífico; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República; De conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política del Perú; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, del 23 al 25 de julio de 2018 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1672823-2

DEFENSA
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 908-2018-DE/SG Mediante Oficio Nº 3187-2018-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 908-2018 DE/SG, publicada en la edición del 18 de julio de 2018, páginas 4-5. En el Sexto Considerando: DICE: "(...) Que, con Oficio N° XXXX-2018-MINDEF/VPD del XXX de julio de 2018, del Director General de Educación y Doctrina, señala que (...)" DEBE DECIR: "(...)

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