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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2018 (25/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de julio de 2018 / El Peruano Técnica denominada “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”; la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la evaluación dirigida a profesores de la Carrera Pública Magisterial que accedieron a los citados cargos en el marco de los concursos públicos convocados por Resolución Ministerial N° 524-2015-MINEDU; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.2 de la Norma Técnica antes citada, el Ministerio de Educación, excepcionalmente, puede modi fi car las fechas del cronograma de la evaluación antes señalada, lo que será difundido oportunamente en el portal institucional del Ministerio de Educación; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 721-2017-MINEDU se convocó la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial y se aprueba su cronograma, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la referida Resolución Ministerial; habiendo sido modi fi cado dicho cronograma con Resolución Ministerial 314-2018-MINEDU; Que, a través del O fi cio Nº 1670-2018-MINEDU/VMGP- DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 630-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de modi fi car el precitado cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; a efectos de ampliar la fecha de culminación de la Actividad N° 10 “Resolución de reclamos presentados, ingreso de resultados en el aplicativo y emisión de actas de resultados, a través del aplicativo proporcionado por el Minedu”, y consecuentemente, modi fi car también las fechas de las Actividades N° 11 y 12; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; de la Secretaría General; de la Dirección General de Desarrollo Docente; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y modi fi catorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Norma Técnica denominada “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobado por 712-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modificar, con eficacia al 24 de julio de 2018, la Actividad N° 10, así como las Actividades N° 11 y 12 del cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado como Anexo de la Resolución Ministerial N° 721-2017-MINEDU, modificado con la Resolución Ministerial N° 314-2018-MINEDU; el mismo que quedará establecido conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1673872-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban Norma DGE “Norma Técnica de los Sistemas Eléctricos Rurales No Convencionales Abastecidos por Sistemas Fotovoltaicos Autónomos” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0132-2018-MEM/DGE Lima, 19 de julio de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, se estableció el marco normativo para la promoción y el desarrollo e fi ciente y sostenible de la electri fi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, en el artículo 11 de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, se establece que los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) deberán contar con normas especí fi cas de diseño y construcción adecuadas a las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país, para lo cual la Dirección General de Electricidad (DGE) del Ministerio de Energía y Minas adecuará el Código Nacional de Electricidad y emitirá las correspondientes normas de diseño y construcción a propuesta de la Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER), las mismas que deben ser actualizadas permanentemente; Que, entre el 13 de marzo y el 28 de marzo de 2018, se prepublicó el proyecto de Resolución Directoral que aprueba la Norma DGE “Norma Técnica de los Sistemas Eléctricos Rurales No Convencionales abastecidos por Sistemas Fotovoltaicos Autónomos”, con la fi nalidad de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir a mejorar la redacción del señalado dispositivo legal; De conformidad con lo establecido en el inciso u) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Norma DGE “Norma Técnica de los Sistemas Eléctricos Rurales No Convencionales abastecidos por Sistemas Fotovoltaicos Autónomos”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Vigencia y aplicación La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo en la página web del Ministerio de Energía y Minas (http:/www.minem.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR T. CARLOS ESTRELLA Director GeneralDirección General de Electricidad 1672898-1