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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2018 (25/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de julio de 2018 El Peruano / empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa y Combate de Incendios, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de mayo del 2014 vigente hasta el 28 de mayo del 2018; Que, dicha resolución fue modi fi cada a través de la Resolución Directoral Nº 169-2016-MTC/12 del 20 de abril del 2016 en el sentido de reemplazar los rubros zonas, base y sub bases de operación; y; Resolución Directoral Nº 270-2017-MTC/12 del 19 de mayo del 2017 en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, mediante Expediente Nº T-047768-2018 del 19 de febrero del 2018, Documento de Registro Nº E-082181-2018 del 23 de marzo del 2018 y Documento de Registro Nº E-126031-2018 del 09 de mayo del 2018 la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., solicitó la Renovación de su Permiso de Operación bajo los mismos términos; Que, según los términos del Memorando Nº 753- 2018-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 037-2018-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 091-2018-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 520-2018-MTC/12.07 emitido por el Director de Certi fi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modi fi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa y Combate de Incendios, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 29 de mayo del 2018, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 220-2014-MTC/12 del 24 de abril del 2014. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. deberá contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad técnica. NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial – Trabajo Aéreo – Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa y Combate de Incendios. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional.MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 204B. - Bell 212 / 412.- AS 350 B3.- Bell 407.- Bell 205 A-1- AS332 Super Puma Series y/o modelos- MBB-BK 117 D-2 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS- Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH- Chimbote, Huascarán / Anta - Huaraz.DEPARTAMENTO: APURÍMAC- Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas.DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO- Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán.DEPARTAMENTO: CAJAMARCA- Cajamarca, Jaén.DEPARTAMENTO: CUSCO- Cusco, Kiteni, Las Malvinas, Patria, Nuevo Mundo, Yauri. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO- Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Tingo María.DEPARTAMENTO: ICA- Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco, Helipuerto de Super fi cie Maria Reiche. DEPARTAMENTO: JUNÍN- Cutivireni, Jauja, Mazamari.DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Chagual, Huamachuco, Pata de Gallo, Pías, Trujillo, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE- Chiclayo.DEPARTAMENTO: LIMA – CALLAO- Internacional Jorge Chávez, Lib Mandi Metropolitano,