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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2018 (25/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 90

2 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de julio de 2018 / El Peruano de un Núcleo Ejecutor de Compra, integrado, entre otros miembros, por un (01) representante del gremio de la MYPE vinculado con el bien a adquirir, cuya designación es formalizada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, por lo expuesto, es necesario convocar a la elección de los representantes de los gremios de las MYPE ante los Núcleos Ejecutores de Compra, de acuerdo con los sectores productivos a los que se encuentran vinculados los bienes indicados en el Decreto de Urgencia N° 058-2011 y sus normas modi fi catorias; así como constituir el Comité Electoral que conduzca la elección; Que, asimismo, de acuerdo a la propuesta sustentada en el Informe N° 07-2018-PRODUCE/DAM/mrivero, es necesario aprobar un nuevo procedimiento de elección para facilitar y fomentar la participación de los gremios de las MYPE en las elecciones, establecer requisitos de representatividad de los gremios e idoneidad técnica de los candidatos, y mejorar los mecanismos de transparencia; así como, establecer la fecha de realización del acto electoral y la disposición que precise, de manera transitoria, la continuidad de los representantes en los Núcleos Ejecutores de Compra en actividad; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 058- 2011, que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional y modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, trans fi riéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del procedimiento de elección de representantes Aprobar el Procedimiento para la Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE ante los Núcleos Ejecutores de Compra, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Convocatoria a elección de representantes de gremios de las MYPE 2.1 Convocar a elección de representantes de los gremios de las MYPE de los sectores productivos que se indican a continuación, para el periodo 2018 – 2020, a los cuales se encuentran vinculados los bienes a adquirir a través de los Núcleos Ejecutores de Compra: - Sector Textil - Confecciones - Sector Metalmecánica - Sector Cuero y Calzado - Sector Muebles y Madera 2.2 El ejercicio del voto para elegir a los representantes se efectúa en la modalidad virtual, para lo cual, la Dirección General de Desarrollo Empresarial debe coordinar con la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Artículo 3.- Constitución del Comité Electoral3.1 Constituir el Comité Electoral a cargo de la conducción del proceso de elección de los representantes de los gremios de las MYPE a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución, estando conformado por los siguientes miembros: - El/La Director/a General de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Ministerio de la Producción o su representante, quien actúa como Presidente.- El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Ministerio de la Producción o su representante, quien actúa como Secretario. - El/La profesional designado/a del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, quien actúa como Vocal. 3.2 El Comité Electoral se instala al día hábil siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 4.- Fecha de Elecciones Establecer como fecha de la elección referida en el artículo 2 de la presente Resolución, el día 05 de setiembre de 2018, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, la cual se desarrolla en concordancia con el Procedimiento para la Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE ante los Núcleos Ejecutores de Compra, el Cronograma y demás disposiciones que apruebe y publique el Comité Electoral. Artículo 5.- Difusión El Comité Electoral dispone la publicación de la convocatoria, con la información referida al Procedimiento para la Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE ante los Núcleos Ejecutores de Compra, así como la publicación del cronograma y demás disposiciones, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.- Los representantes de los gremios de las MYPE elegidos en el marco de la Resolución Ministerial N° 291-2014-PRODUCE, continúan ejerciendo su representación hasta la proclamación de los nuevos representantes elegidos conforme a lo dispuesto en la presente Resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Derogar la Resolución Ministerial N° 291-2014-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS GREMIOS DE LAS MYPE ANTE LOS NÚCLEOS EJECUTORES DE COMPRA I. OBJETIVO Establecer el procedimiento de elección de los representantes de los gremios de las MYPE, ante los Núcleos Ejecutores de Compra que se conformen para la adquisición de bienes, en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011 y sus normas complementarias, ampliatorias y/o modi fi catorias. II. FINALIDADElegir a los representantes de los gremios de las MYPE que conformarán los Núcleos Ejecutores de Compra para la adquisición de bienes. III. BASE LEGALEn el presente procedimiento se considera la siguiente base legal: a. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. b. Ley Nº 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de