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4 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 / El Peruano Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 33 509 683,00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES y 00/100 SOLES) del pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor del pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), para atender el pago de las obligaciones que se deriven de la prórroga del plazo del Contrato de Locación de Servicios Nº 066-2017 – Contratación Directa del Administrador del proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” que suscriba el OSINERGMIN con el Administrador del referido proyecto, así como incrementar el límite de gasto en materia de bienes y servicios aprobado por el pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); De conformidad con lo establecido en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018 que establecen medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico; DECRETA:Artículo 1º. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 33 509 683,00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES y 00/100 SOLES) del pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor del pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), para atender el pago de las obligaciones que se deriven de la prórroga del plazo del Contrato de Locación de Servicios Nº 066-2017 – Contratación Directa del Administrador del Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” que suscriba el OSINERGMIN con el Administrador del referido proyecto, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 016 : Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Energía y Minas – CentralACCIONES CENTRALESACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y PresupuestoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente RecaudadosGASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 33 509 683,00 TOTAL EGRESOS 33 509 683,00 =========== A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 020 : Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y MineríaUNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y MineríaASIGNACIONESPRESUPUESTARIAS QUE NORESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001235 : Supervisión y Fiscalización de Gas NaturalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 33 509 683,00 TOTAL EGRESOS 33 509 683,00 ============ Artículo 2º. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Específica; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras a elaborar las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto Supremo. Artículo 3º. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no son destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º. Aplicación del Decreto de Urgencia Nº 005-2018 4.1 Increméntese en S/ 164 672 159,25 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE Y 25/100 SOLES), el límite del gasto en materia de bienes y servicios aprobado por el pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, el cual incluye el monto autorizado en el artículo 1, conforme a lo establecido en el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018 que establecen medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico. 4.2 El titular del pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) modifica, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la vigencia del Decreto Supremo, la resolución emitida en el marco del párrafo 14.4 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, teniendo en cuenta el incremento del límite de gasto de conformidad con el presente artículo. Artículo 5º. Del Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas ANEXO Fuente de Financiamiento Clasi ficador de IngresosConcepto Monto (S/) 4. Donaciones y Transferencias1.4.1 3.1 1Donaciones y Transferencias corrientes de otras unidades del Gobierno Nacional33,509,683 T O T A L 33,509,683 1657622-1