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93 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 El Peruano / se ampara en la Ley Nº 27972, la misma que regula la Capacidad Sancionadora en los artículos 46º y siguientes; por lo que no vulnera norma legal alguna y respeta los principios del debido procedimiento sancionador. Que, mediante Informe Nº 155-2017-GM/MPH, la Gerencia Municipal, rati fi ca la opinión emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, asimismo, mediante Dictamen Nº 002-2018-CALRCA-MPH, la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales, Registro Civil y Archivo del Concejo emite opinión favorable; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y EL CUADRO ÚNICO DE SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA - HUACHO Artículo Primero.- APROBAR la adecuación del Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial de Huaura; que consta de XII Capítulos, cincuenta y ocho (58) Artículos, seis (06) Disposiciones Finales, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, como Anexo. Artículo Segundo.- APROBAR la adecuación del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Huaura; el cual consta de quinientas noventa y nueve (599) Infracciones, distribuidas en las siguientes materias: Edi fi cación (ED); Salubridad (SA); Comercialización (CO); Ornato (OR); Medio Ambiente (ME); Protección Animal (PA); Defensa Civil (DC) y Fiscalización (FI); así también RATIFICAR los diez (10) formatos que se adjuntan como anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza, con el apoyo de los órganos de línea, como la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo, Gerencia de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, Gerencia de Desarrollo Económico y Gerencia de Administración y Finanzas y, de ser necesario, la intervención de la Policía Nacional del Perú (PNP) y del Ministerio Público cuando se solicite. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1657239-1 Aprueban Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2018/MPH Huacho, 5 de abril del 2018POR CUANTO:El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 07 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Supervisión Ambiental; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, en concordancia al inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972, prescribe que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especí fi cas con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: (…) 3. Protección y conservación del ambiente: 3.1) Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. (…) 3.5. Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental. Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD, se modi fi có los artículos 4º y 5º de los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, teniendo como Anexo I, el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental, asimismo, se sustituyó el Anexo Nº 1 de los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA, por el Anexo I: “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental”, donde se requiere la elaboración revisión y aprobación del Reglamento de Supervisión Ambiental. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2017-OEFA/CD, se aprobó el Modelo de Reglamento de Supervisión Ambiental, teniendo como objeto regular y uniformizar los criterios para el ejercicio de la función de supervisión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y de otras normas que le atribuyen dicha función al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), con la fi nalidad de prevenir daños ambientales, promover la subsanación voluntaria de los incumplimientos de obligaciones fi scalizables y la obtención de los medios probatorios idóneos para sustentar el inicio del procedimiento administrativo sancionador o la imposición de las medidas administrativas, en caso corresponda, para garantizar la adecuada protección ambiental. Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 519- 2016/MPH de fecha 09.12.2016, se aprobó el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - 2017 de la Municipalidad Provincial de Huaura. En este sentido, mediante Informe Nº 48-2017-SGGAVS- GGAYSC/MPH de fecha 23.03.2017, la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Vigilancia Sanitaria, remite el proyecto de Reglamento de Supervisión Ambiental, documento de gestión ambiental dirigido a establecer políticas, estrategias y acciones de supervisión y fi scalización ambiental, para controlar la contaminación ambiental en la Provincia de Huaura, subsanado mediante Informe Nº 102-2017-SGGAyVS-GGASC/MPH de fecha 24.11.2017, en ese sentido, solicita la aprobación del Reglamento de Supervisión Ambiental, solicitud avalada por la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad, mediante Informe Nº 598-2017-GGAySC/MPH de fecha 24.11.2017 y compartida por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, a través del Informe Nº 28-2018-SGDI/MPH de fecha 19.01.2017. Asimismo, se cuenta con informe favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 13-2018-GPP/MPH de fecha 07.02.2018. Por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 161-2018-GAJ-MPH de fecha 19.03.2018, mani fi esta que teniendo en cuenta la necesidad de desarrollar acciones para prevenir daños ambientales, promover la subsanación voluntaria de los incumplimientos de obligaciones ambientales fi scalizables y otros, considera viable el proyecto del