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87 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 El Peruano / debiendo reubicar las emplazadas en zoni fi caciones o sectores no autorizadas. Quinta.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las disposiciones Reglamentarias, complementarias y aquellas que garanticen la correcta aplicación de la Norma. Sexta.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario El Peruano. Sétima.- Encargar, a la Secretaria General la difusión y publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1656534-1 Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza N° 250-MDL que regula el procedimiento con fines de regularización adecuada a la Ley N° 29090 para edificaciones existentes en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2018/MDL Chosica, 23 de mayo de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 324-2018/MDL-GOPRI, el Gerente de Obras Privadas remite el Informe Nº 231-2018-MDL-GOPRI-DMRM, de su personal profesional, señalando que la vigencia de la Ordenanza Nº 250-MDL, se ha constituido como la principal herramienta administrativa que ha promovido la regularización de las edi fi caciones dentro de la jurisdicción distrital y que estando el plazo de vigencia próxima a terminar, sugiere su ampliación por 120 días hábiles más con la fi nalidad de atender a los vecinos de nuestra comunidad que aún no han podido realizar el trámite de regularización de sus edi fi caciones. Que, la Ordenanza Nº 250-MDL, publicada en el diario ofi cial El Peruano el día 24 de agosto de 2017, regula el procedimiento con fi nes de regularización adecuada a la Ley Nº 29090 para edi fi caciones existentes en el distrito, con plazo de vigencia de ciento veinte (120) días hábiles según su Artículo Sexto. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2018/MDL, publicado el 11 de marzo de 2018, se amplió el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 250-MDL, por noventa (90) días calendarios. Que, con Memorándum Nº 1756-2018/MDL-GM, el Gerente Municipal, dispone se prevea la proyección del Decreto que formalice la propuesta.; y En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de VIGENCIA de la Ordenanza Nº 250-MDL, por ciento veinte (120) días hábiles. Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Obras Privadas para sus fi nes. Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas y la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica, procedan a la difusión del presente dispositivo, para su publicación en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1656532-1Amplían plazo para el pago del Primero y Segundo Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2018/MDL Chosica, 24 de mayo de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO; Visto el Informe Nº 295-2018/MDL-GR, elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual amplía el plazo de vencimiento del Primer y Segundo Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del año 2018, hasta el 28 de junio del presente. CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 261-MDL, del 25 de enero de 2018, se estableció el monto mínimo del Impuesto Predial, Tasa por concepto de Gastos Administrativos y Vencimiento del Pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2018. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2018/ MDL, se amplió el plazo de vencimiento para el pago del primer trimestre del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2018, hasta el día 31 de mayo del presente año. Que, a la fecha aún no se ha culminado con la entrega de cuponeras de pago 2018 a los contribuyentes, debido a la reciente suscripción de contrato por el servicio de distribución de las referidas cuponeras de pago por parte de la Sub Gerencia de Logística; por tanto, se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme se establece en el artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, concordante con el artículo 4º de la Ordenanza Nº 261-MDL; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA:PRIMERO.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago del PRIMER Y SEGUNDO TRIMESTRE del impuesto predial y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2018, hasta el día 28 de junio del presente año. SEGUNDO.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas para sus fi nes. TERCERO.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1656533-1 Amplían vigencia de la Ordenanza Nº 251-MDL, que establece el beneficio de regularización de las habilitaciones urbanas ejecutadas sin licencia en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2018/MDL Chosica, 25 de mayo de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO